Chiapas - Secretaría de Educación - (CHIS)
Solicitud del día 08/02/2024 a la dependencia Chiapas - Secretaría de Educación - (CHIS) del órgano Chiapas
DescripciónSe solicita la lista de personal académico de licenciatura de las siguientes instituciones educativas en Tuxtla Gutiérrez Chiapas, lista que haya sido registrada y autorizada ante esta Secretaría, así como los horarios en que imparten clases cada uno de los académicos. 1.- Universidad del país INNOVA 2.- Universidad Pablo Guardado Chavez De la misma manera se solicita sea proporcionado el perfil curricular de cada uno de los académicos y criterios de contratación.Respuesta del día21/03/2024Texto de respuestaNOTIFICACIÓN DE RESPUESTA A SOLICITUD DE ACCESO A LA INFORMACIÓN.- FOLIO: 070121224000033. SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEL ESTADO DE CHIAPAS- UNIDAD DE TRANSPARENCIA.- TUXTLA GUTIERREZ, CHIAPAS; A 21 DE MARZO DE 2024. En atención de su solicitud de información por medio de la cual requiere lo siguiente: “Se solicita la lista de personal académico de licenciatura de las siguientes instituciones educativas en Tuxtla Gutiérrez Chiapas, lista que haya sido registrada y autorizada ante esta Secretaría, así como los horarios en que imparten clases cada uno de los académicos. 1.- Universidad del país INNOVA 2.- Universidad Pablo Guardado Chavez De la misma manera se solicita sea proporcionado el perfil curricular de cada uno de los académicos y criterios de contratación…(sic)”. Me permito hacer de su conocimiento que se tuvo por recibida la información que las áreas competentes emiten a través de los oficios No. SE/SEE/DES/0397/2024, firmado por la Dra. Xochitl Clemente Parra, Directora de Educación Superior de la Subsecretaría de Educación Estatal y el oficio No. SE/SSPE/DP/0195/2024, signado por la Mtra. Deyanira Escobar Ruiz, Directora de Planeación de la Subsecretaría de Planeación Educativa de la Secretaría de Educación, mismos que se anexan. Atentamente. Juan Antonio Morales Nájera. Titular de la Unidad de Transparencia de la Secretaría de Educación del Estado de Chiapas, quien actúa con fundamento en lo dispuesto en los artículos 45, fracciones II, IV y V, y 131 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGTAIP) y 70, fracciones II, IV y V, y 152 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chiapas (LTAIPCHIS), así como en otras disposiciones aplicables. –RÚBRICA.Archivo adjuntoDescargarFolioCHIS-IP-070121224000033