Chiapas - Secretaría de la Honestidad y Función Pública (SHyFP) - (CHIS)

Solicitud del día 20/12/2023 a la dependencia Chiapas - Secretaría de la Honestidad y Función Pública (SHyFP) - (CHIS) del órgano Chiapas

DescripciónEl Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) estableció que los servidores públicos deben abstenerse de acudir a los actos proselitistas en días hábiles, para garantizar la equidad en los procesos electorales. En la Tesis L/2015, con el rubro “Actos proselitistas. Los servidores públicos deben abstenerse de acudir a ellos en días hábiles”, indica que de conformidad con lo previsto en el artículo 134, párrafo séptimo, de la Constitución, los servidores públicos tienen la obligación de observar el principio de imparcialidad para preservar condiciones de equidad en la contienda electiva. De manera que los funcionarios no deben aprovechar el cargo que ostentan para afectar los procesos electorales a favor o en contra de un candidato o un partido político. En este sentido, cuando se encuentren jurídicamente obligados a realizar actividades permanentes en el desempeño del cargo público, sólo podrán apartarse de esas actividades y asistir a eventos proselitistas, en los días que se contemplen en la legislación como inhábiles. El documento establece que los servidores públicos pueden participar en actividades proselitistas, cuando ejerzan el derecho constitucional de un día de descanso, por haber laborado durante seis días a la semana, conforme con lo previsto en el artículo 123, apartado B, fracción II, de la Constitución. La Tesis fue aprobada en la sesión pública de la Sala Superior celebrada el 5 de agosto de 2015. Con estas acciones, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación refrenda el compromiso de preservar la equidad en la contienda y garantizar la certeza así como la legalidad de los resultados de las elecciones.Respuesta del día08/01/2024Texto de respuestaSe le notifica a la persona que con los datos proporcionados en su solicitud de acceso a la información resultan insuficientes para atender su solicitud respecto a este sujeto obligado, por lo que se le previene para que en un plazo no mayor a 10 días hábiles aclare, aporte más datos y mayores elementos, que nos indique cuál es su petición a esta dependencia que permita identificar o localizar dentro de los registros y expedientes los hechos o actos ejercidos, derivados de nuestras facultades, atribuciones, funciones, actividades o competencias relacionados con la información requerida. Se adjunta al presente el oficio SHyFP/UT/001/2024, en formato pdfArchivo adjuntoDescargarFolioCHIS-IP-070121524000001

Datos adicionales

EstatusDesechada por falta de respuesta del ciudadanoTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionSidisponibilidadNoquejaNoRespuestaRequerimiento de información adicional (prevención)Tipo de respuestaFALTA DE TRAMITEMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta06/02/2024Fecha solicitud término08/01/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deChiapasSector de la dependenciaPoder Ejecutivo