Chiapas - Secretaría de la Honestidad y Función Pública (SHyFP) - (CHIS)

Solicitud del día 11/03/2024 a la dependencia Chiapas - Secretaría de la Honestidad y Función Pública (SHyFP) - (CHIS) del órgano Chiapas

DescripciónSe solicita a las diversas autoridades y sujetos obligados la información que les competa: 1. Informar si el C. Sergio Alejandro Aguilar Rivera sigue siendo titular del Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública 2. Informar si pidió licencia para separarse de su cargo por algun periodo comprendido del 01 de enero de 2024 a la fecha 3. En caso contrario, señalar las razones en la que funde su participación en el arranque de camapaña de la candidata de la coalición Sigamos Haciendo Historia de Claudia Sheinbaum 4. Es importante mencionar que dicho evento fue un día viernes y por lo tanto hábil, para dependencias de gobierno. 5. En caso de que no pueda fundamentar su participación, plenamente documentada en páginas de internet, se solicita a los organismos obligados iniciar el procedimiento que conforme a derecho corresponda. Otros datosEs importante mencionar que los servidores públicos si pueden asistir a eventos políticos, siempre que no se desarrollen en días hábiles, como lo estableción el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en el siguiente criterio: El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) estableció que los servidores públicos deben abstenerse de acudir a los actos proselitistas en días hábiles, para garantizar la equidad en los procesos electorales. En la Tesis L/2015, con el rubro “Actos proselitistas. Los servidores públicos deben abstenerse de acudir a ellos en días hábiles”, indica que de conformidad con lo previsto en el artículo 134, párrafo séptimo, de la Constitución, los servidores públicos tienen la obligación de observar el principio de imparcialidad para preservar condiciones de equidad en la contienda electiva. De manera que los funcionarios no deben aprovechar el cargo que ostentan para afectar los procesos electorales a favor o en contra de un candidato o un partido político. En este sentido, cuando se encuentren jurídicamente obligados a realizar actividades permanentes en el desempeño del cargo público, sólo podrán apartarse de esas actividades y asistir a eventos proselitistas, en los días que se contemplen en la legislación como inhábiles. Respuesta del día14/03/2024Texto de respuestaDe conformidad con el artículo 70, fracción V de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chiapas; y en cumplimento de la resolución número SHyFP/CT-R/027/2024, se hace de su conocimiento que este sujeto obligado resulta incompetente para atender su solicitud de acceso a la información. Asimismo, y de conformidad con el artículo 154 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chiapas, se le orienta que presente su solicitud de acceso a la información al Secretariado Ejecutivo del Sistema Estatal de Seguridad Pública, por ser el sujeto obligado que, en ejercicio de sus funciones, podría ser competente para atender su requerimiento de información. De igual manera, se le informa que en el documento de respuesta podrá encontrar los medios para presentar una queja o denuncia. Asimismo, se adjunta la resolución número SHyFP/CT-R/027/2024, de fecha 14 de marzo de 2024, mediante la cual se confirma la declaración de incompetencia propuesta por la Unidad de Transparencia. El documento se le hace entrega en formato pdf.Archivo adjuntoDescargarFolioCHIS-IP-070121524000019

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaLa solicitud corresponde a otra dependenciaTipo de respuestaINCOMPETENCIAMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta16/04/2024Fecha solicitud término14/03/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deChiapasSector de la dependenciaPoder Ejecutivo