Chiapas - Tribunal Superior de Justicia - Consejo de la Judicatura. - (CHIS)
Solicitud del día 23/10/2023 a la dependencia Chiapas - Tribunal Superior de Justicia - Consejo de la Judicatura. - (CHIS) del órgano Chiapas
DescripciónHaciendo uso del articulo 6o constitucional, solicito la siguiente información del Juzgado Cuarto de lo Familiar del Distrito Judicial de Tuxtla y a ambas secretarías de acuerdo: *Qué mencioné cuál es el criterio de aplicación e interpretación del artículo 29 de la Convención Interamericana de Derechos Humanos, signada en San José, lo anterior de acuerdo al control difuso de convencionalidad que exige éste a los jueces de todos los niveles. En específico los apartados A y B) Artículo 29. Normas de Interpretación Ninguna disposición de la presente Convención puede ser interpretada en el sentido de: a) Permitir a alguno de los Estados partes, grupo o persona, suprimir el goce y ejercicio de los derechos y libertades reconocidos en la Convención o limitarlos en mayor medida que la prevista en ella; b) Limitar el goce y ejercicio de cualquier derecho o libertad que pueda estar reconocido de acuerdo con las leyes de cualquiera de los Estados Partes o de acuerdo con otra convención en que sea parte uno de dichos EstadosOtros datosSolicitarlo al Juzgado Cuarto de lo Familiar del Distrito Judicial de Tuxtla.Respuesta del día14/11/2023Texto de respuestaSE ADJUNTA ACUERDO DE RESPUESTA.Archivo adjuntoDescargarFolioCHIS-IP-070124223000418