Chiapas - Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana - (CHIS)

Solicitud del día 06/03/2024 a la dependencia Chiapas - Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana - (CHIS) del órgano Chiapas

DescripciónPor medio de la presente, me dirijo a ustedes en mi calidad de ciudadano/a, amparado/a bajo el derecho de acceso a la información pública, con el fin de solicitar información referente a la situación legislativa derivada de la reciente licencia solicitada por el diputado suplente Alberto Cundapí Núñez, quien estaba en funciones debido a la licencia previamente solicitada por el diputado propietario, Felipe Granda Pastrana. Dada la situación donde ambos, el diputado propietario y su suplente, se encuentran actualmente en licencia, surge una duda legítima respecto al procedimiento y manejo de su curul en el Congreso del Estado de Chiapas. Las preguntas específicas que deseo formular son las siguientes: ¿Qué procedimiento legal se sigue en casos donde tanto el diputado propietario como su suplente solicitan licencia y no están en funciones? ¿Se dejará el curul vacante durante este periodo? ¿En qué fundamentos legales, normas o reglamentos se basa este procedimiento? Agradecería se me pudieran proporcionar detalles específicos o referencias a los artículos o leyes aplicables. En caso de que existan mecanismos alternos para la ocupación temporal o permanente del curul en estas circunstancias, ¿podrían especificar cuáles son y cómo se implementan? Agradezco de antemano la atención a esta solicitud y quedo a la espera de su pronta respuesta, confiando en la transparencia y el acceso a la información como pilares fundamentales de nuestra democracia. Atentamente, [Consulta Ciudadana 2024]Otros datosEn sesión extraordinaria, —de jueves 29 de febrero— la Comisión Permanente del Congreso local, aprobó por unanimidad de votos otorgar licencia temporal para separarse del cargo a 10 de los 40 diputados que integran el Poder Legislativo.Respuesta del día08/03/2024Texto de respuestaDe conformidad con lo establecido en el artículo 152 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chiapas se tiene a bien dar atención a la solicitud de información con folio 070136624000045Archivo adjuntoDescargarFolioCHIS-IP-070136624000045

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de información vía Plataforma Nacional de TransparenciaTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta11/04/2024Fecha solicitud término08/03/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deChiapasSector de la dependenciaOrganismos Autónomos