Chiapas - Sindicato del Personal Académico de la Universidad Autónoma de Chiapas (SPAUNACH) - (CHIS)
Solicitud del día 28/08/2024 a la dependencia Chiapas - Sindicato del Personal Académico de la Universidad Autónoma de Chiapas (SPAUNACH) - (CHIS) del órgano Chiapas
DescripciónC. Apreciables Instituciones.} Con fundamento en el articulo 8 constitucional tengo a bien solicitar la siguiente informacion: 1.- Que requisitos son exigibles para que una persona pueda dar clases en sus instituciones educativas corespondientes UNACH Y UNICACH. 2.- Cual es la forma de ingreso para pertenecer al personal que da clases en las instituciones academicas UNACH Y UNICACH (concurso publico, recomendacion, valoracion de CV, herencia etc) FAVOR DE FUNDAR Y MOTIVAR LAS RESPUESTAS. 3.- En caso de ser concurso publico abierto, favor de indicar cuando publicitaran la convocatoria proxima, en caso de existior, favor de adjuuntar link. 4.- A LA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE CHIAPAS Y SU SINDICATO DEL PÉRSONAL ACADEMICO En caso de que una persona trabajadora de la unach con base de personal academico fallecio, ¿ tiene su hija y/o hijo la posibilidad de ocupar la plaza que ocupaba, o en su caso, tiene la posibilidad de dar las clases que la persona que fallecio brindaba? (favor de argumentar, fundar y motivar la respuesta en sentido negativo o positivo) 5.- en caso de ser positiva la respuesta anterior, que procedimiento se debe seguir y ante que instancia se debe acudir. A LAS INSTITUCIONES ACADEMICAS Y SU SINDICADOS. 6.- ¿ en caso de que una persona desee dar clases a niverl licenciatura en las instituciones academicas UNICACH y UNACH, que procedimiento se debe seguir a que instancia debe acudir? Por lo anterior, agradezco sus respuestas Atentamente El equipo de Asesores Legales y Consultas Respuesta del día25/09/2024Texto de respuestaEn atención a su solicitud de información con numero de folio 071505024000006, recibidas a través de la Plataforma Nacional de Transparencia; sobre el particular, con fundamento en el artículo 70, fracción V de la Ley de Transparencia y Acceso a la información Publica del Estado de Chiapas, atentamente se da respuesta a su solicitud de conformidad con lo siguiente: Su solicitud de información con número de folio 071505024000006, recibidas a través de la Plataforma Nacional de Transparencia; sobre el particular, este responsable de la unidad de transparencia, solicitó al comité de transparencia declarar la incompetencia de este sujeto obligado y confirmar la inexistencia de información. Misma que mediante acta de sesión del comité de 10 de septiembre de 2024, en el apartado de acuerdos, los integrantes del comité de transparencia resolvieron: Lo solicitado en los numerales 1,2,3 y 6 no corresponde a información que genere o resguarde este sindicato, toda vez que sale del ámbito de su competencia. Se sugiere presente su solicitud de información ante las universidades de su elección. Ahora bien, respecto del punto 4, realizada la búsqueda exhaustiva dentro de los archivos de este sindicato, no se localizó expresión documental que considere el supuesto referido en su solicitud. Por lo que en atención al acuerdo segundo notifico al solicitante la declaración de incompetencia y la confirmación de la inexistencia de información, anexando el acta de comité de transparencia de fecha 10 de septiembre de 2024. Archivo adjuntoDescargarFolioCHIS-IP-071505024000006