Chiapas - Comisión de Caminos e Infraestructura Hidraulica - (CHIS)
Solicitud del día 14/10/2024 a la dependencia Chiapas - Comisión de Caminos e Infraestructura Hidraulica - (CHIS) del órgano Chiapas
DescripciónSolicito respetuosamente la siguiente información: 1.- Favor de explicar en lenguaje simple y con un ejemplo visual, ¿qué es el derecho de vía? 2.- ¿La carretera que atraviesa la colonia Salvador Urbina, municipio de Chiapa de Corzo, Chiapas, C.P. 29169 es carretera estatal? Inserto link y captura de pantalla de la visualización de la ubicación de la colonia mediante Google Maps: https://maps.app.goo.gl/NAwiMfn1GPM7TbRw9. 2.1.- En caso de ser positiva su respuesta al cuestionamiento anterior, favor de indicar desde qué año y, además, entregar un mapa, plano o croquis en donde se pueda apreciar los límites territoriales de lo que es propiedad estatal respecto a dicha carretera (únicamente la parte que afecta a la colonia Salvador Urbina). Nota: En Google Mapas, la carretera a que me refiero aparece identificada como “Carretera internacional”. 3.- Retomando a la carretera antes mencionada, ¿Quién es propietario del espacio de tierra a los costados de la carretera internacional que atraviesa la colonia Salvador Urbina, municipio de Chiapa de Corzo, Chiapas, C.P. 29169? De manera específica, de la tierra a 20 metros de distancia de cada orilla (margen) de la carretera. Agradeciendo de manera anticipada por su amable respuesta, me despido enviándole un cordial saludo. Medio elegido para recibir la respuesta a la solicitud formulada: Archivo digital PDF al correo electrónico argotcontactomx@gmail.com. Atentamente Sr. Barrientos M. Respuesta del día16/10/2024Texto de respuestatoda vez que, este Sujeto Obligado garantiza el derecho al acceso a la información pública, respetando las garantías individuales de todo ciudadano, conforme a lo establecido en los artículos 6 Constitucional y 146 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chiapas; con todo respeto, a través de esta Unidad de Transparencia, me permito a dar respuesta a su solicitud de folio número 072044124000019, de fecha 14 de octubre de 2024, de la siguiente manera: Con apego del artículo 5 del Decreto número 035, publicado en el Periódico Oficial Número 006, Tomo III, de fecha 31 de diciembre de 2018, por el que se creó la Comisión de Caminos e Infraestructura Hidráulica, con el Objeto fundamental que a la letra reza: “Artículo 5.- La Comisión de Caminos” tendrá como objeto fundamental la planeación, programación, presupuestación, contratación, ejecución, modernización, conservación, mantenimiento, mejoramiento, reconstrucción, supervisión, de la obra pública en materia de infraestructura hidráulica, carretera y puentes del Estado, de conformidad con los objetivos, metas y lineamientos que determine el Titular del Poder Ejecutivo.” Por lo que, una vez realizado la búsqueda en los archivos de la Dirección de Supervisión de Carreteras Alimentadoras, Caminos Rurales y Puentes, a través del memorándum número CCeIH/DG/DSCACRyP/3364/2024, de fecha 15 de octubre de 2024, informó que la Carretera que atraviesa la Colonia Salvador Urbina, del Municipio de Chiapa de Corzo, Chiapas, es carretera federal, por lo que, es la competencia de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, para dar respuesta a cada una de las preguntas, esto conforme a lo dispuesto del artículo 18 de la Reglamento Interno de la citada Secretaría, que a la letra reza: “Artículo 18.- La Dirección General de Carreteras tiene las atribuciones siguientes: … II. Integrar los planes y programas de construcción y modernización de la red federal de carreteras, así como de construcción, modernización, conservación y construcción de caminos rurales y carreteras alimentadoras que se requieran recursos federales para su mantenimiento y conservación. Es así que, este Sujeto Obligado se declara incompetente para dar respuesta a su solicitud de folio número 072044124000019, de fecha 14 de octubre de 2024, por lo que, se le sugiere redireccionar su solicitud de acceso a la información a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes y le requiera a dicho organismo, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, o en su defecto consulte las obligaciones de transparencia que tiene publicadas en la siguiente liga electrónica: https://consultapublicamx.plataformadetransparencia.org.mx/vut-web/faces/view/ consulta Publica.xhtml?idEntidad=MzM=&idSujetoObligado=MjU1#inicio, a efecto de que realice la búsqueda de dicha carretera en el citado portal. Lo anterior, se anexa a la presente Acta de Comité de Transparencia, celebrada el día 15 de octubre de 2024, a través de la Sesión número 12/2024, de fecha 15 de octubre de 2024. De lo anterior, se realizó por parte del Órgano Administrativo Generador y Responsable de la Información, la búsqueda exhaustiva, minuciosa y razonable para dar respuesta a la solicitud antes referida; firma la Responsable de la Unidad de Transparencia y el Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos, para la legalidad del presente documento. Archivo adjuntoDescargarFolioCHIS-IP-072044124000019