Chiapas - Secretaría de Movilidad y Transporte - (CHIS)
Solicitud del día 04/03/2024 a la dependencia Chiapas - Secretaría de Movilidad y Transporte - (CHIS) del órgano Chiapas
DescripciónRequiero informe específico en archivo de datos abiertos enviado a mi correo electrónico De la siguiente información: Cantidad de uniformes adquiridos para secretaria de salud, secretaria de seguridad y alumnos de las diversas escuelas en el Estado de Chiapas. Cantidad exacta de fertilizante solicitado. Cantidad exacta de desayunos fríos. Cantidad exacta de placas vehiculsres y tarjetas de circulación que se solicitaron en la última administración de gobierno. Respuesta del día09/04/2024Texto de respuestaSe tiene por recibida la solicitud de acceso a la información pública, mediante la Plataforma Nacional de Transparencia, bajo el número de folio 072044924000012, en el que el peticionario, literalmente solicita lo siguiente: - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - “Requiero informe específico en archivo de datos abiertos enviado a mi correo electrónico De la siguiente información: Cantidad de uniformes adquiridos para secretaria de salud, secretaria de seguridad y alumnos de las diversas escuelas en el Estado de Chiapas. Cantidad exacta de fertilizante solicitado. Cantidad exacta de desayunos fríos. Cantidad exacta de placas vehiculsres y tarjetas de circulación que se solicitaron en la última administración de gobierno.” (sic) - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Del análisis a la solicitud de mérito, se aprecia que esta Secretaría de Movilidad y Transporte NO ES COMPETENTE para conocer y resolver la solicitud de referencia, en virtud que de conformidad con el artículo 44 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas, así como los numerales 3 y 10 de la Ley de Movilidad y Transporte del Estado de Chiapas, en consideración de las competencias, atribuciones y facultades descritas en esos artículos, se advierte que este Sujeto Obligado carece de facultades para conocer lo relacionado a la información requerida. Por lo anterior le informo que, derivado del estudio de su solicitud, en el cual requiere información de la Secretaria de Salud, Secretaria de Seguridad y de diversas escuelas, por lo anterior esta Secretaria no cuenta con la información requerida. En esta índole y de conformidad con el artículo 154 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chiapas, se determina que ESTA SECRETARÍA DE MOVILIDAD Y TRANSPORTE, NO ES COMPETENTE PARA PROPORCIONAR LA INFORMACIÓN SOLICITADA POR EL INTERESADO. Así lo acordó y firmó, el Lic. Israel Altunar Saraoz, quien actúa con fundamento en los artículos 67, 68, 69, y, 70 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chiapas; en relación con las facultades conferidas, en su calidad de Jefe de la Unidad de Apoyo Jurídico, con fundamento en el artículo 22, fracción XVI, del Reglamento Interior que rige a esta Secretaría de Movilidad y Transporte del Estado de ChiapasArchivo adjuntoDescargarFolioCHIS-IP-072044924000012