Chiapas - Secretaría de Movilidad y Transporte - (CHIS)
Solicitud del día 12/04/2024 a la dependencia Chiapas - Secretaría de Movilidad y Transporte - (CHIS) del órgano Chiapas
Descripción1. ¿Cuáles son los ordenamientos que regulan a los depósitos vehiculares (corralones) en el estado? 2. ¿Cuál o cuáles son las autoridades que se encargan de regular a los depósitos vehiculares en dicha entidad? 3. ¿Cuántos y cuál es el nombre (razón o denominación social) de los depósitos vehiculares concesionados que operan en el estado? Respuesta del día29/05/2024Texto de respuestaDel análisis a la solicitud de mérito, se aprecia que esta Secretaría de Movilidad y Transporte NO ES COMPETENTE para conocer y resolver la solicitud de referencia, en virtud que de conformidad con el artículo 44 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas, así como los numerales 3 y 10 de la Ley de Movilidad y Transporte del Estado de Chiapas, en consideración de las competencias, atribuciones y facultades descritas en esos artículos, se advierte que este Sujeto Obligado carece de facultades para conocer lo relacionado a la información requerida. De conformidad con las atribuciones que me confiere el artículo 22, del Reglamento Interior Vigente, la Unidad de Apoyo Jurídico le hace de su conocimiento lo siguiente: Por lo anterior le informo que la Secretaria de Comunicaciones y Transportes, en tramos federales y los H. Ayuntamientos del Estado de Chiapas, en coordinación, son los sujetos obligados que en manera conjunta regulan los depósitos vehiculares. No omito manifestar que esta Secretaría expide únicamente Permiso para el servicio público de transporte en la modalidad especial de Transporte de grúas y remolque, y este se prestará en zona autorizada con Vehículos que cuenten con las características y equipamiento, sin embargo, no se encuentra en nuestras atribuciones la expedición y regulación de los depósitos vehiculares que operan en el Estado. En esta índole y de conformidad con el artículo 154 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chiapas, se determina que ESTA SECRETARÍA DE MOVILIDAD Y TRANSPORTE, NO ES COMPETENTE PARA PROPORCIONAR LA INFORMACIÓN SOLICITADA POR EL INTERESADO. En consecuencia y en virtud de dar atención a la solicitud precisada, hágase la notificación correspondiente al interesado a través de la Plataforma Nacional de Transparencia para los efectos que haya lugar. Por lo anterior, téngase el presente asunto por concluido.Archivo adjuntoDescargarFolioCHIS-IP-072044924000021