Chiapas - Secretaría de Movilidad y Transporte - (CHIS)
Solicitud del día 26/06/2024 a la dependencia Chiapas - Secretaría de Movilidad y Transporte - (CHIS) del órgano Chiapas
DescripciónSolicito una relación con las infracciones de tránsito dirigidas a funcionarios públicos por infringir las leyes de tránsito, indicando si se trató de un vehículo particular o de la institución. Pido que la información abarque el periodo comprendido entre el 1 de diciembre de 2018 y la fecha de recepción de esta solicitud.Respuesta del día26/06/2024Texto de respuestaDel análisis a la solicitud de mérito, se aprecia que esta Secretaría de Movilidad y Transporte NO ES COMPETENTE para conocer y resolver la solicitud de referencia, en virtud que de conformidad con el artículo 44 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas, así como los numerales 3 y 10 de la Ley de Movilidad y Transporte del Estado de Chiapas, en consideración de las competencias, atribuciones y facultades descritas en esos artículos, se advierte que este Sujeto Obligado carece de facultades para conocer lo relacionado a la información requerida. Por este medio se le informa que esta Secretaría, no se encuentra facultada para conocer sobre “infracciones de tránsito dirigidas a funcionarios públicos por infringir las leyes de tránsito, , en virtud de que esta Secretaría se rige por la Ley de Movilidad y Transporte y su Reglamento, no en las Leyes de Transito estatal o municipal, en esta tesitura se le sugiere re direccionar su petición a la Secretaria de Seguridad y Protección Ciudadana, a través de la Subsecretaria de Seguridad Turística y Vial, en la Dirección de Policía Estatal de Tránsito con fundamento en el artículo 43 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal, así como los H. Ayuntamientos Municipales a través de su Dirección de Tránsito Municipal, pueden ser los Sujeto Obligado que, a través de sus departamentos, pudiera tener la información que usted requiere.Archivo adjuntoDescargarFolioCHIS-IP-072044924000035