Chiapas - Instituto de Patrimonio del Estado - (CHIS)
Solicitud del día 13/08/2024 a la dependencia Chiapas - Instituto de Patrimonio del Estado - (CHIS) del órgano Chiapas
DescripciónSe solicita la siguiente: información de si es propiedad del gobierno del estado de Chiapas el edificio llamado MUSEO DE LA CIUDAD Tuxtla Gutiérrez, ubicado en la esquina de avenida central y la 2ª calle poniente de la Ciudad de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas. Respecto del contrato de comodato con la fundación Fernando Castañón Gamboa, ¿Cuál es su duración?, asimismo se proporcione la versión publica de dicho contrato.Respuesta del día05/09/2024Texto de respuestaEstimado Solicitante: En Atención a su solicitud de acceso a la información pública con número de folio 072445824000009 recibida el 13 de agosto de 2024; sobre él, particular con fundamento de los artículos 68, 70 fracciones ll lV y V; 151, 152 y 157 de la ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chiapas; y para responder conforme a derecho su Recurso de Revisión se le notifica lo siguiente: Atendiendo su solicitud, esta Unidad de Transparencia, solicito la información a la Dirección Operativa de este Instituto del Patrimonio del Estado, la cual mediante Memorándum No. IPE/DO/DBI/000619/2024 de fecha 28 de agosto del año en curso, en la cual informa lo siguiente: Le informo que se identificó un registro con la denominación “Museo Tuxtla Gutiérrez”, propiedad del Gobierno del Estado; ahora bien referente al comodato que indica, sírvase encontrar adjunto al presente copia del instrumento que obra en expediente, a efectos de que esa Unidad de Apoyo Jurídico analice y de considerarlo viable se proporcione siendo esa Unidad a su cargo la encargada de generar la versión pública correspondiente, conforme las atribuciones correspondientes, en calidad de responsable de la Unidad de Trasparencia. (sic) Atendiendo su solicitud, se anexa adjunto el Contrato solicitado en su versión pública, y en lo referente a la duración del Contrato este puede ser verificado en la Cláusula Sexta de dicho Instrumento y atendiendo el sexagésimo séptimo de los Lineamientos para la implementación y Operación de la Plataforma Nacional de Transparencia, aprobado por el Consejo Nacional del Sistema Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales y el acuerdo tercero aprobado por el pleno del Instituto de Acceso de la Información Pública del Estado de Chiapas, hágase del conocimiento del solicitante lo que ordena los artículos 152 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Chiapas.Archivo adjuntoDescargarFolioCHIS-IP-072445824000009