Coahuila - Instituto de Servicios, Rehabilitación y educación Especial e Integral del Estado de Coahuila (ISREEI)

Solicitud del día 12/10/2021 a la dependencia Coahuila - Instituto de Servicios, Rehabilitación y educación Especial e Integral del Estado de Coahuila (ISREEI) del órgano Coahuila

DescripciónA quién corresponda Amparada en mi derecho de acceso a la información y conforme a la respuesta de la Secretaría de Salud conforme a la previa solicitud de información realizada a la misma: Al respecto me permito hacer de su conocimiento que la Secretaría de Salud del Estado de Coahuila de Zaragoza cuenta con el Organismo Descentralizado Instituto de Servicios de Salud, Rehabilitación y Educación Especial e Integral del Estado de Coahuila (ISSREEI) con personalidad jurídica y patrimonio propio, por lo que cuenta con su propia Unidad de Transparencia, ello con fundamento en el artículo 85 fracción III de la Ley de Acceso a la Información para el Estado de Coahuila de Zaragoza. Dicho lo anterior, le comunico que la información relativa a la operatividad, facultades y funciones de los institutos y centros de salud mental corresponde a las Unidades Médicas adscritas al ISSREEI, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 3 del Reglamento Interior del Instituto de Servicios de Salud, Rehabilitación Educación Especial e Integral del Estado de Coahuila; por tal motivo se sugiere enviar su solicitud de información a la Unidad de Atención de dicho Organismo. Solicito lo siguiente: Según la Ley de Prevención del Suicidio para el Estado de Coahuila de Zaragoza, específicamente el Artículo 8 menciona: Artículo 8º.- Como acciones concretas para inhibir el suicidio, la Secretaría de Salud deberá: I. Poner en práctica programas periódicos de capacitación al personal médico, operativo y administrativo de los sectores educativo, gubernamental y penitenciario, principalmente, a fin de desarrollar entre ellos habilidades preventivas. Los programas periódicos de capacitación al sector de educación básica y media del Sistema Educativo Estatal, serán impartidos a los trabajadores sociales especialistas en psicología o a través de un área especializada en la materia dentro del plantel educativo, a fin de establecer en conjunto los protocolos de prevención del suicidio, con el objeto de intervenir oportunamente en la atención de los alumnos como lo establece la Ley Estatal de Educación. II. Contar con equipos adecuados y suficientes, incluso vehículos automotores, es decir, “unidades itinerantes de salud mental”, para proporcionar un servicio integral de calidad, especialmente en la detección y atención eficaz de los casos de conducta suicida. ¿Cuándo se compraron los vehículos automotores? ¿Con cuántos cuenta la Secretaría de Salud? ¿Podría desglosar la información por año? (desde el 2019 hasta el 2021 o en su caso la fecha más reciente que se tenga) ¿A cuánto asciende el presupuesto otorgado para la compra de los vehículos automotores? ¿Podría desglosar por año? (desde el 2019 hasta el 2021 o en su caso la fecha más reciente que se tenga) ¿Cómo funcionan y qué actividades realizan? ¿Quién realiza las actividades? ¿Cuál es el costo del servicio para la detección y atención de los casos de conducta suicida? ¿Cuál es el procedimiento posterior en caso de detección de casos de conductas suicidas? ¿Cuál es el trayecto de los vehículos o unidades itinerantes y los horarios? Respuesta del día21/10/2021Texto de respuestaSe envía oficio ISSREEI/0679/2021 con informaciónArchivo adjuntoDescargarFolioCOAH-IP-050095800001421

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaInformación disponible vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta26/10/2021Fecha solicitud término21/10/2021Órgano autónomo responsable, del Estado deCoahuilaSector de la dependenciaDescentralizados