Coahuila - Secretaría de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Movilidad - (COAH)
Solicitud del día 26/08/2024 a la dependencia Coahuila - Secretaría de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Movilidad - (COAH) del órgano Coahuila
DescripciónBuen diaFavor de informar Cual es el canal oficial para presentar una queja en el caso de considerar que es arbitraria y con incostinecias en la informacion de una infraccion impuesta por esta secretaria en en la ciudad de Torreon. Gracias, saludos.Respuesta del día05/09/2024Texto de respuestaPor medio del presente, le envío un cordial saludo y me permito hacer de su conocimiento que se recibió la solicitud de acceso a la información con número de folio electrónico 050098400015324, interpuesta a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, en la cual se requirió: “Buen dia.- Favor de informar cual es el canal oficial para presentar una queja en el caso de considerar que es arbitraria y con incostinecias en la informacion de una infraccion impuesta por esta secretaria en la ciudad de Torreon.- Gracias, saludos.” (sic) Al respecto y con relación a lo anterior, esta Unidad de Transparencia, gestionó ante las unidades administrativas correspondientes la entrega de la información solicitada, en este caso en particular se giró oficio a la Subsecretaría de Transporte y Movilidad, en fecha 27 de Agosto de 2024, con su correspondiente anexo, firmado por el suscrito en carácter de Director General Jurídico y encargado de Despacho de la Unidad de Transparencia. Unidad administrativa que dio respuesta en los siguientes términos: “Al respecto me permito informarle que de conformidad con lo previsto por el artículo 341 de la de la Ley de Transporte y Movilidad Sustentable para el Estado de Coahuila de Zaragoza, establece que las resoluciones y acuerdos administrativos, así como las sanciones por infracciones a esta Ley y reglamentos que dicten las autoridades competentes, que los interesados estimen ilegales, podrán ser recurridos mediante el recurso administrativo previsto en la Ley de Procedimientos Administrativo para el Estado de Coahuila de Zaragoza o cuando proceda, intentar la vía jurisdiccional conforme a la Ley del Procedimiento Contencioso Administrativo para el Estado de Coahuila de Zaragoza.” Con relación a lo anterior, me permito hacer de su conocimiento que, después de haber realizado una búsqueda exhaustiva dentro de los archivos de esta Secretaría de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Movilidad del Estado de Coahuila de Zaragoza, se emite la respuesta correspondiente en tiempo y forma a su solicitud. Se comunica que en atención a lo dispuesto en el artículo 109 y 110 de la Ley de Acceso a la Información Pública para el Estado de Coahuila de Zaragoza, si Usted no está conforme con la presente respuesta, tiene el derecho de hacer valer el recurso de revisión, el cual podrá interponer de manera directa, por correo certificado o por medios electrónicos ante el Instituto Coahuilense de Acceso a la Información Pública (ICAI) o ante esta Unidad de Transparencia. Conforme a lo establecido en las disposiciones legales aplicables y dentro del término y forma señalados en las mismas, se comunica a Usted lo anterior, para su formal y debido conocimiento.Archivo adjuntoDescargarFolioCOAH-IP-050098400015324