Coahuila - Instituto Municipal de Planeación Saltillo - (COAH)
Solicitud del día 10/06/2024 a la dependencia Coahuila - Instituto Municipal de Planeación Saltillo - (COAH) del órgano Coahuila
DescripciónEl convenio, contrato, acuerdo, pacto o instrumento con validez jurídica del subsidio a concesionarios de transporte público colectivo urbano en la ciudad de Saltillo, los concesionarios beneficiados de este subsidio que su origen son recursos públicos deberán de dar nombre, razón social y registro federal de causantes y dirección fiscal conforme a la Ley de transparencia y protección de datos personales, se deberá incluir los anexos que se consideraran parte integral del mismo. Estos anexos deberán de contener la información técnica de las unidades a adquirir, sin nuevas o usadas o reacondicionadas, el monto del subsidio por cada uno de los concesionarios y el monto total del fondo que se crea para pagar el enganche de las unidades pactadas a adquirir en este convenio. En cuanto a los concesionarios, permisionarios y subrogatarios, se deberá entregar la garantía de la propia unidad, los derechos de concesión o permiso del camión y además se le solicita a cada concesionario si existe un fondo de reserva con el equivalente hasta tres meses de la mensualidad a pagar; la recaudación o ingresos por los servicios prestados y el monto de la mensualidad que el dueño pagará. El Ayuntamiento no financiará la totalidad de la unidad, el dueño del camión será quien pague los compromisos pactados. En el supuesto caso de que deje de cubrir las mensualidades (al menos dos) se les retirará la concesión vendiéndola a quien esté en posibilidad de pagar los montos pactados, regresando al propio ayuntamiento lo que en su momento haya dispuesto del crédito contingente, quedando así intacto el fondo que para tal efecto se creó.Otros datosSe hizo público por parte del Presidente Municipal en medios impresos, radio y televisión en la ciudad de Saltillo desde abril de 2024 y previamente en enero de 2024 se menciono el pago del enganche de hasta 50 unidades.Respuesta del día12/06/2024Texto de respuestaCon fundamento en el artículo 95 Ley de Acceso a la Información Pública para el Estado de Coahuila de Zaragoza y a las facultades y funciones establecidas por el Acuerdo de Creación del Organismo Descentralizado Denominado Instituto Municipal de Planeación, me permito informarle que este Sujeto Obligado no resulta competente para otorgarle la información relativa a las concesiones de transporte público colectivo urbano en la ciudad. Se le sugiere dirigirse al R. Ayuntamiento de Saltillo.Archivo adjuntoDescargarFolioCOAH-IP-051144200002324