Coahuila - Torreón - (COAH)
Solicitud del día 03/10/2024 a la dependencia Coahuila - Torreón - (COAH) del órgano Coahuila
DescripciónDel Director de Inspección y Verificación Municipal, en relación a su oficio D.I. Y V.M./1205/2024 en el cual se dice se había apercibido al dueño de un taller mecánico ubicado en Avenida Prolongación Presidente Carranza No. 122-B en el Fraccionamiento La Amistad, quien opera a pesar de violar flagrantemente diversos ordenamientos Municipales por posesionarse sin tener autorización Municipal o Licencia de la Calle 69 también nombrada Álamos, por invadir las calles para la extensión de su taller mecánico y por invadir predios aledaños; al respecto SOLICITO COPIA DE DICHAS ACTAS Y AMONESTACIONES subsecuentes al 10 de junio del 2024, fecha en que se levantó la amonestación 3423. Las violaciones a la Ley que hace el dueño de ese taller, lo hace con total impunidad a los artículos 61 de la de Reglamento para la Expedición de Licencias y Permisos de Funcionamiento de Giros Comerciales, Industriales, de Prestación de Servicios, que dice textual: Artículo 61. El procedimiento de revocación de oficio de las licencias, se iniciará cuando la personal adscrito a la Dirección de Inspección y Verificación comunique vía oficio a la Ventanilla Única, que el titular ha incurrido en alguna de las causales que establece el artículo anterior, citando al titular mediante notificación personal, en la que se le hagan saber las causas que han originado la instauración del procedimiento, otorgándole un término de quince días hábiles para que por escrito presente sus pruebas y alegatos. Artículo 13. Las licencias o permisos no se podrán utilizar en un domicilio distinto por virtud de que únicamente amparan al titular, al predio y al objeto para el que fueron emitidos. Las licencias y permisos se podrán expedir por medios electrónicos. Artículo 23. Para obtener una licencia o permiso, siempre que se trate del inicio o modificación de actividades, el interesado formulará solicitud física o en formato electrónico, que para tales efectos sean aprobados por la autoridad municipal. A los formatos referidos en el párrafo inmediato anterior, se deberá de acompañar los siguientes documentos: … III. Documento que acredite la propiedad o la posesión del inmueble en el cual se pretendan desarrollar las actividades comerciales o la prestación de servicios…; Artículo 29. Además de cumplir con lo dispuesto en el artículo anterior, los locales comerciales que se dedican a:… II. Los talleres mecánicos y similares deberán contar con contrato vigente con empresa recicladora de aceites y grasas…; Artículo 49. Queda prohibido a los titulares de licencias o permisos: …II. Hacer uso de la vía pública sin el permiso correspondiente; … IX. Ocupar la vía pública para el desempeño de sus actividades, sin el permiso de la Autoridad Municipal; DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES Artículo 53. Por violación a las disposiciones contenidas en el presente ordenamiento, procederán las sanciones siguientes: I. Multa; II. Clausura del establecimiento; y III. Revocación de la Licencia de funcionamiento. SE ANEXAN IMÁGENES SUFICIENTES EN LAS CUALES SE SEÑALA LA FECHA EN QUE FUERON TOMADAS, con las cuales se evidencia lo antes expuestoRespuesta del día17/10/2024Texto de respuestaEstimado Solicitante: La respuesta a su solicitud se encuentra en el archivo adjunto. Lo invitamos a que siga ejerciendo su derecho al acceso a la información. Archivo adjuntoDescargarFolioCOAH-IP-051260800068324