Coahuila - Secretaria de Turismo y Desarrollo de Pueblos Magicos - (COAH)

Solicitud del día 05/04/2024 a la dependencia Coahuila - Secretaria de Turismo y Desarrollo de Pueblos Magicos - (COAH) del órgano Coahuila

DescripciónSolicito la cantidad de viviendas identificadas en sus Pueblos Mágicos que prestan servicios de hospedaje estilo Arbnb. De dicha información, solicito que esté acomodada por municipio y cantidad de viviendas identificadas en dicha modalidad. Pido lo anterior, conforme al artículo 24 de Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Hidalgo, que señala que "son sujetos obligados a transparentar y permitir el acceso a su información y proteger los datos personales que obren en su poder cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en los ámbitos estatal y municipal". De igual manera, conforme al artículo 25, fracción 8 de la citada ley, la cual señala que los sujetos obligados deben "atender los requerimientos, observaciones, recomendaciones y criterios que en materia de transparencia y acceso a la información, realice el Instituto y el Sistema Nacional". Pido lo anterior por mi derecho de acceso a la información del texto vigente de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, publicada el pasado 9 de mayo de 2016, cuyo Capítulo 1, Artículo 2, fracciones I, II y III, señalan que se debe I Proveer lo necesario para que todo solicitante pueda tener acceso a la información mediante procedimientos sencillos y expeditos; II. Transparentar la gestión pública mediante la difusión de la información oportuna, verificable, inteligible, relevante e integral; y III. Favorecer la rendición de cuentas a los ciudadanos, de manera que puedan valorar el desempeño de los sujetos obligados Así como el Artículo 3, Capítulo 1, el cual prevé que Toda la información generada, obtenida, adquirida, transformada o en posesión de los sujetos obligados en el ámbito federal, a que se refiere la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y esta Ley, es pública, accesible a cualquier persona y sólo podrá ser clasificada excepcionalmente como reservada de forma temporal por razones de interés público y seguridad nacional o bien, como confidencial. Los particulares tendrán acceso a la misma en los términos que estas leyes señalan. El derecho humano de acceso a la información comprende solicitar, investigar, difundir, buscar y recibir información.Respuesta del día24/04/2024Texto de respuestaEn respuesta a su solicitud de información presentada mediante la Plataforma Nacional de Transparencia y registrada bajo el folio electrónico No. 052063700001124 del día 05 del presente mes y año, me permito informarle, que se está efectuando el procedimiento indicado en el Artículo 97 de la Ley de Acceso a la Información Pública para el Estado de Coahuila de Zaragoza, para responder su solicitud, gestionándose al interior la Dependencia, lo cual deriva en lo señalado en el oficio anexoArchivo adjuntoDescargarFolioCOAH-IP-052063700001124

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaSiprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaInformación disponible vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta25/04/2024Fecha solicitud término24/04/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deCoahuilaSector de la dependenciaDescentralizados