Coahuila - Comisaría de Seguridad y Protección Ciudadana - (COAH)

Solicitud del día 17/10/2024 a la dependencia Coahuila - Comisaría de Seguridad y Protección Ciudadana - (COAH) del órgano Coahuila

DescripciónDe acuerdo con lo estipulado en el artículo 35 de la Ley Nacional del Uso de la Fuerza (LNUF), legislación que rige a esta institución, existe la obligación de generar informes públicos anuales en los que se registren las actividades que involucran el uso de la fuerza. Se le recuerda que, conforme a la definición establecida en el artículo 3°-XIV de la LNUF, el uso de la fuerza NO se limita a los casos en que se cometen violaciones a los derechos de las personas detenidas. Se esperaría que existieran informes correspondientes a los años 2019, 2020, 2021, 2022 y 2023. La ley estipula que estos informes deben contener, como mínimo, la siguiente información: "I. Los datos relacionados con las detenciones; II. Los resultados de la evaluación corporal que se realice a las personas detenidas; III. El número de personas fallecidas por el uso de la fuerza, desagregado por sexo, y IV. En su caso, recomendaciones que con motivo de estos eventos hayan emitido los organismos públicos de derechos humanos, y la atención que se haya dado a las mismas." De acuerdo a la información anterior, se solicita al sujeto obligado proporcionar la siguiente información: *Se recuerda que al estar estipulados desde la ley (LNUF) como informes públicos, estos son distintos a los informes internos o a los informes policiales homologados, por lo mismo, se entiende que la información solicitada no puede establecerse como clasificada, pues desde su origen se hace explícito el carácter público de estos informes. 1. ¿Se han realizado estos informes?, ¿en qué años? 2. Se solicita que se compartan estos informes públicos anuales que se han realizado; se especifica que no es de mi interés que el órgano interno de transparencia genere un informe con los puntos establecidos (detenciones, evaluaciones, fallecidos, etc.), sino que se está solicitando el informe público (de cada año) que de acuerdo al art. 35 de la LNUF este sujeto obligado debe realizar anualmente. 3. En caso de que no se hayan realizado los informes públicos anuales (en uno o todos los años, desde que entró en vigor la LNUF), se solicita que se especifique lo siguiente: a) Motivos por los que no se han generado estos informes públicos anuales b) Acciones llevadas a cabo para remediar la situación y poder cumplir con el art. 35° de la LNUF c) ¿Qué acciones ha llevado a cabo el sujeto obligado para que en 2024 sea posible generar un informe público que cumpla con lo establecido en la LNUF? Respuesta del día28/10/2024Texto de respuestaDe conformidad con el artículo 103 de la Ley de Acceso a la Información Pública para el Estado de Coahuila de Zaragoza, y una vez realizada una búsqueda exhaustiva de la información solicitada por usted, por este conducto se está enviando el Informe Anual de los años 2019, 2020, 2021, 2022 y 2023, relacionado con las actividades que involucran el uso de la fuerza, de conformidad con el artículo 35 de la LNUS. En dichos informes se contiene lo relativo a los puntos I, II, III y IV de su solicitud de información, por lo que se solicita tener a este sujeto obligado por contestando a todos los puntos de su pliego petitorio. Gracias por ejercer su derecho a la información.Archivo adjuntoDescargarFolioCOAH-IP-052826500006624

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaInformación disponible vía PNTTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta30/10/2024Fecha solicitud término28/10/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deCoahuilaSector de la dependenciaDescentralizados