Coahuila - Centro de Conciliación Laboral del Estado de Coahuila de Zaragoza - (COAH)
Solicitud del día 16/03/2024 a la dependencia Coahuila - Centro de Conciliación Laboral del Estado de Coahuila de Zaragoza - (COAH) del órgano Coahuila
DescripciónSolicito el reglamento interno del centro de conciliación laboral Y Descripción del procedimiento de conciliación laboral individual que en éste centro de conciliación se lleva a acabo.Respuesta del día19/03/2024Texto de respuestaUna vez recibida su solicitud de información, se procede a dar contestación a la Solicitud de Información, por lo que me permito informar lo siguiente: “Solicito el reglamento interno del centro de conciliación laboral y Descripción del procedimiento de conciliación laboral individual que en este centro de conciliación se lleva a cabo.” Por lo que hace al Reglamento Interior del Centro de Conciliación Laboral del Estado de Coahuila de Zaragoza, me permito informar que se encuentra publicado en la pagina de Coahuila Transparente mediante la siguiente liga: http://www.coahuilatransparente.gob.mx/RutaDataFiles/reglamentos/documentos_reglamentos/Reglamento%20del%20Centro.pdf En cuando a la descripción del Procedimiento de Conciliación Laboral Individual, me permito informar que este se encuentra regulado de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, Artículo 684-E, por lo cual me permito citarlo: Artículo 684-E.- El procedimiento de conciliación se tramitará conforme a las reglas siguientes: I. Se iniciará con la presentación de la solicitud de conciliación ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral o al Centro de Conciliación local que corresponda, firmada por el solicitante, a la que se le agregará copia de la identificación oficial a que hace referencia en la fracción I del artículo 684-C; tratándose de empresas o sindicatos será suscrito por su representante legal; II. Los Centros de Conciliación podrán recibir las solicitudes de conciliación por comparecencia personal de los interesados, por escrito debidamente firmado, o en su caso, por vía electrónica mediante el sistema informático que para tal efecto se implemente; III. Los Centros de Conciliación auxiliarán a los interesados que así lo soliciten para elaborar su petición. Deberán proporcionar asesoría jurídica de manera gratuita sobre sus derechos y los plazos de prescripción de los mismos, así como respecto de los procedimientos de conciliación y jurisdiccionales para solucionar los conflictos laborales; IV. Al momento en que reciba la solicitud, la autoridad conciliatoria señalará día y hora para la celebración de una Audiencia de Conciliación que deberá efectuarse dentro de los quince días siguientes. El citatorio se notificará personalmente al patrón cuando menos con cinco días de anticipación a la audiencia, apercibiéndole que de no comparecer por sí o por conducto de su representante legal, o bien por medio de apoderado con facultades suficientes, se le impondrá una multa entre 50 y 100 veces la Unidad de Medida y Actualización, y se le tendrá por inconforme con todo arreglo conciliatorio; V. Al recibir la solicitud de conciliación, la autoridad conciliadora le asignará un número de identificación único y un buzón electrónico al interesado, que será creado para comunicaciones en lo que hace al procedimiento de conciliación prejudicial. Finalmente, designará por turno una sala de conciliación. En caso de no ser competente, la Autoridad Conciliadora deberá remitir la solicitud al Centro de Conciliación competente vía electrónica, dentro de las veinticuatro horas siguientes de recibida la solicitud, lo cual deberá notificar al solicitante para que acuda ante ella a continuar el procedimiento. La Autoridad Conciliadora se pronunciará respecto de la personalidad cuando se trate de solicitudes de personas morales; VI. Si la solicitud de conciliación se presenta personalmente por ambas partes, la autoridad conciliadora les notificará de inmediato, fecha y hora de la audiencia de conciliación, misma que deberá celebrarse dentro de plazo máximo de cinco días a partir de la fecha dArchivo adjuntoDescargarFolioCOAH-IP-052956600000624