Colima - Partido Nueva Alianza en Colima - (COL)

Solicitud del día 31/05/2021 a la dependencia Colima - Partido Nueva Alianza en Colima - (COL) del órgano Colima

DescripciónEn término de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales a través de su artículo 209, el cual refiere que Toda la propaganda electoral impresa deberá ser reciclable, fabricada con materiales biodegradables que no contengan sustancias tóxicas o nocivas para la salud o el medio ambiente. Los partidos políticos y candidatos independientes deberán presentar un plan de reciclaje de la propaganda que utilizarán durante su campaña solicito lo siguiente Que el Partido Político manifieste si dio cumplimiento a exhibir ante la Autoridad Electoral correspondiente el plan de reciclaje que fue señalado en el artículo anteriormente citado y de ser así, anexe a esta solicitud dicho plan en formato PDF legible, además de la copia del acuse que acredite su debida entrega en tiempo y forma a la Autoridad Electoral.Respuesta del día23/08/2021Texto de respuestaSe cumplió con el material biodegradableArchivo adjuntoDescargarFolioCOL-IP-00234121

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaD. Información inexistenteTipo de respuestaINEXISTENTEMedio de entregaElectrónico a través del sistema de solicitudes de acceso la información de la PNTFecha limite de respuesta19/08/2021Fecha solicitud término23/08/2021Órgano autónomo responsable, del Estado deColimaSector de la dependenciaPartidos Políticos