Colima - H. Ayuntamiento de Villa de Álvarez - (COL)
Solicitud del día 20/06/2024 a la dependencia Colima - H. Ayuntamiento de Villa de Álvarez - (COL) del órgano Colima
DescripciónCon fundamento en el artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los preceptos 122, 123, 124, 125 y demás aplicables de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, solicito me sea proporcionado el padrón de licenciatarios de venta de cerveza y bebidas alcohólicas en restaurantes, bares y tiendas de conveniencia del municipio Villa de Álvarez, del estado de Colima, que incluya al titular de la licencia. Respuesta del día01/07/2024Texto de respuestaC.RODRIGO SÁNCHEZ RAMÍREZ USUARIO DE LA PLATAFORMA NACIONAL DE TRANSPARENCIA (PNT). P R E S E N T E Por este conducto, en apego al artículo 135 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Colima, se da respuesta a su solicitud de acceso a la información con número de folio 060114524000074, presentada por medio de la PNT, en la que señala lo siguiente: Con fundamento en el artículo 8 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los preceptos 122, 123, 124, 125 y demás aplicables de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, solicito me sea proporcionado el padrón de licenciatarios de venta de cerveza y bebidas alcohólicas en restaurantes, bares y tiendas de conveniencia del municipio Villa de Álvarez, del estado de Colima, que incluya al titular de la licencia. Por lo anterior se anexa el oficio D.I.L.T. y V.P. 108/2024 de la Dirección de Inspección, Licencias, Tianguis y Vía Pública signado por el C.P. Luis Enrique Lomelí Rolón en los que se da respuesta a cada uno de los puntos de la información solicitada. Se hace de su conocimiento que los documentos que se anexan, contienen la información requerida de acuerdo a los formatos establecidos por la Unidad Administrativa en mención, por lo que se da cumplimiento a lo establecido en el párrafo segundo artículo 10 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Colima, que a la 0letra dice: “La información se entregará en el estado en que se encuentre ante los sujetos obligados. La obligación de proporcionarla no comprende el procesamiento de la misma, ni presentarla conforme al interés del solicitante”. Sin más por el momento, me despido de usted aprovechando la ocasión para enviar un cordial saludo, esperando que la información enviada le sea de utilidad. ATENTAMENTE. VILLA DE ÁLVAREZ, COL. 01 DE JULIO DE 2024 __________________________________ LIC. ALAN ISAIAS MONTELÓN AGUILERA. TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA.Archivo adjuntoDescargarFolioCOL-IP-060114524000074