Colima - Fiscalía General del Estado de Colima - (COL)
Solicitud del día 16/07/2023 a la dependencia Colima - Fiscalía General del Estado de Colima - (COL) del órgano Colima
DescripciónEl 30 de mayo de 2023 la Resolución 001-2023 el Instituto de Información de Colima determinó por UNANIMIDAD que la Fiscalía General del Estado (sujeto obligado) tendría que proporcionar la información solicitada por el solicitante, en un plazo no mayor a 10 días hábiles. Como se puede apreciar, la fecha límite se rebasó y la FGE no cumplió con su obligación, por lo que reitero que se me dé la información que solicité. Adjunto la resolución 001-2023 como prueba de la orden que se le dio a la Fiscalía de Colima. Respuesta del día20/07/2023Texto de respuestaOficio número TRANS-922/2023 Se remite respuesta. Ulises Gómez Ramírez. Presente. En atención a la solicitud de información que presentó en la Plataforma Nacional de Transparencia, a la cual le fue asignado el número de folio 061903923000434, mediante el cual solicita: “El 30 de mayo de 2023 la Resolución 001-2023 el Instituto de Información de Colima determinó por UNANIMIDAD que la Fiscalía General del Estado (sujeto obligado) tendría que proporcionar la información solicitada por el solicitante, en un plazo no mayor a 10 días hábiles. Como se puede apreciar, la fecha límite se rebasó y la FGE no cumplió con su obligación, por lo que reitero que se me dé la información que solicité. Adjunto la resolución 001-2023 como prueba de la orden que se le dio a la Fiscalía de Colima.” Con fundamento en lo establecido por los artículos 5, 10, 26 fracción VI, 57 fracción I, inciso a) y II a) de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Colima, me permito informarle que: Derivado de la naturaleza de la información que solicita, le refiero que aún nos encontramos dentro del término señalado en el artículo 166 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Colima: Artículo 166.- En las resoluciones que pronuncie el Organismo Garante, donde se declare procedente la entrega de información, deberá requerirse al sujeto obligado para que informe el cumplimiento a la misma en un plazo máximo de diez días. Discrecionalmente y teniendo en consideración el volumen de la información, así como las gestiones o trámites que en cada caso deban realizarse para su debida observancia, el Organismo Garante podrá determinar la ampliación de este plazo. El sujeto obligado al que corresponda dar cumplimiento a una resolución podrá solicitar al Organismo Garante, dentro de los tres días posteriores a su notificación, la ampliación del plazo que le hubiera sido concedido para tales fines, misma que deberá resolverse dentro de los cinco días siguientes a su presentación. Lo anterior, es en razón a que en fecha 13 de Julio del 2023, por medio del Sistema de Comunicaciones con los Sujetos Obligados de la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT), esta Fiscalía General fue notificada de la resolución definitiva derivada del Recurso de Revisión con número de expediente R.R.PNT 001/2023, en el cual se ordena modificar la respuesta que le había sido entregada y formular una en la que se remitían los datos requeridos, en un término no mayor a 10 días hábiles contados a partir de la notificación; por tal motivo le hago de su conocimiento que aún nos encontramos dentro del término legal correspondiente para dar cumplimiento a la resolución que se menciona en su escrito de petición. No omito hacer mención, que con fecha 04 de Enero del 2023, fue publicado el Acuerdo del Pleno de Instituto de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales del Estado de Colima, relativo a las determinaciones de los días inhábiles para el Organismo Garante de Colima, correspondiente al año 2023, de donde se desprende del día 17 al 28 de julio, los términos se encuentran suspendidos, por tal motivo le refiero que el término otorgado por el INFOCOL fenece el 10 de Agosto del 2023. Con lo anterior, se da por cumplido, los extremos que se enmarcan en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Colima, observando el principio de máxima publicidad el cual implica poner a disposición de toda persona la información que se produzca en esta Fiscalía General. Sin otro particular por el momento, le envío un cordial saludo. ATENTAMENTE COLIMA, COL., 19 DE JULIO DEL 2023. EL TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA DE LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE COLIMA LICENCIADO JUAN CARLOS CERVANTES SALASArchivo adjuntoDescargarFolioCOL-IP-061903923000434