Colima - Secretaría de Planeación, Finanzas y Administración - (COL)
Solicitud del día 25/06/2023 a la dependencia Colima - Secretaría de Planeación, Finanzas y Administración - (COL) del órgano Colima
DescripciónBuen día apreciables funcionarios públicos, a través del presente instrumento, me gustaría resolver diversas dudas relacionadas con el Fideicomiso 322 Fimaga, mismo que de conformidad a los artículos 4, fracción III de la Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Colima, así como el artículo 48 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública del Estado de Colima, el fideicomiso 233 FIMAGA, es un fideicomiso público considerado como una entidad paraestatal del Estado de Colima, del cual se encuentra desginado como Delegado FIduciario Especial del Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C. el C. ALEJANDRO ARTURO MEILLÓN GALINDO, a través de la escritura pública 103,705. En atención a lo anterior tengo las siguientes dudas, esperando que puedan dar una respuesta oportuna: 1.-Desde la implementación del fideicomiso FIMAGA, hasta el momento se le ha nombrado de diversas formas: FIMAGA, Fideicomiso Manzanillo las Garzas, Fideicomiso 322 FIMAGA, Fideicomiso 322 banobras Manzanillo Las Garzas, FIDEICOMISO 322 Banobras Manzanillo, Colima, fideicomiso Manzanillo las garzas, entre otros ¿Me podrían confirmar si los nombres descritos se refieren al mismo fideicomiso?, así como el proporcionarme el nombre completo y correcto de dicho fideicomiso. 2.- ¿Podrían confirmarme si el ING. MARTÍN GERARDO AYALA AVILA, fungio como Apoderado especial y delegado fiduciario por parte del FIDEICOMISO 322 BANOBRAS MANZANILLO LAS GARZAS? Así como el periodo en el que estuvo siendo apoderado. 3.- En caso de tener un contrato de compraventa celebrado con FIMAGA ¿Quién podría atender el tema para la escrituración de dicho predio?Respuesta del día28/06/2023Texto de respuestaSolicitante: “ULISES ALBERTO MADRIGAL SANCHEZ” Presente. En atención a su solicitud de acceso a información registrada en la Plataforma Nacional de Transparencia de la Secretaría de Planeación, Finanzas y Administración, identificada con el número de folio 062748323000156, realizada con fecha 25 de junio de 2023, por este conducto, se hace del conocimiento que la información solicitada no incide en el ámbito de la competencia de la Secretaría de Planeación, Finanzas y Administración, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 133 y 143 tercer párrafo, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Colima; siendo el Instituto de Suelo, Urbanización y Vivienda del Estado de Colima (INSUVI), en coordinación con el Ayuntamiento de Manzanillo, Colima, las autoridades competentes para atender la solicitud planteada. Lo anterior es así, ya que el referido Instituto de Suelo, Urbanización y Vivienda del Estado de Colima (INSUVI), es un organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio, encargado de elaborar, ejecutar, dar seguimiento y evaluar los programas, obras y acciones necesarias para dar cumplimiento a las políticas y programas en materia de suelo y vivienda en el Estado, para lo cual tiene la facultad legal de constituirse como promotor y desarrollador de todo tipo de vivienda con el propósito de regular al mercado inmobiliario en materia de vivienda popular, de interés social e interés medio; además está facultado para ejecutar y concertar programas, acciones e inversiones en materia de suelo, urbanización y vivienda, con la participación de los gobiernos municipales y, los sectores social y privado; así como de participar en entidades financieras cuyo objeto social sea la producción o financiamiento de vivienda; lo anterior de conformidad con lo establecido en los artículos 12, fracciones II y III, de la Ley de Vivienda para el Estado de Colima. Por otra parte es necesario precisar que en el Decreto número 177, en el que se reforman y adicionan diversos artículos de las Leyes de Hacienda de los municipios de Armería, Colima, Comala, Coquimatlán, Cuauhtémoc, Ixtlahuacán, Manzanillo, Minatitlán, Tecomán y Villa de Álvarez, mismo que fue publicado en el periódico oficial “El Estado de Colima”, el día 19 de octubre de 2013, en el considerando CUARTO, apartado Tercero, se señaló: “El 13 de Octubre del año en curso, la C. ROSARIO YEME LOPEZ, Presidenta Municipal del Ayuntamiento de Manzanillo, presentó ante el pleno del Cabildo la minuta de trabajo del 03 de septiembre de 2012, celebrada entre la Secretaría General de Gobierno conjuntamente con el Comité Técnico y de Distribución de "Fondo del Fideicomiso 322 Banobras Manzanillo Las Garzas FIMAGA", mediante la cual el Gobierno del Estado informa sobre la promulgación de la nueva Ley de Vivienda para el Estado de Colima, la desaparición del Instituto de Vivienda del Estado IVECOL, y la creación del Instituto de Suelo, Urbanización y Vivienda del Estado y los impactos que tiene este sobre el sector y FIMAGA, acordando la extinción de FIMAGA y la transmisión de su patrimonio al Instituto de Suelo, Urbanización y Vivienda del Estado de Colima, para que en los términos de la Ley de la materia, asuma las acciones que le son inherentes y sea este el que en coordinación con el Ayuntamiento de Manzanillo provea de vivienda digna a los habitantes del municipio de Manzanillo…” Por lo tanto, lo requerido respecto al Fideicomiso 322 Banobras Manzanillo Las Garzas FIMAGA, que se menciona en la solicitud de información identificada con el número 062748323000156, es del ámbito de la competencia del Instituto de Suelo, Urbanización y Vivienda del Estado de Colima y del Ayuntamiento de Manzanillo, Colima. Atentamente Colima, Colima, 28 de junio de 2023 Unidad de Transparencia de la Secretaría de Planeación, Finanzas y AdministraciónArchivo adjuntoDescargarFolioCOL-IP-062748323000156