Colima - Secretaría de Planeación, Finanzas y Administración - (COL)

Solicitud del día 16/08/2024 a la dependencia Colima - Secretaría de Planeación, Finanzas y Administración - (COL) del órgano Colima

DescripciónEn respuesta emitida por el INFOCOL donde menciona lo siguiente El 22 (veintidós) de febrero de 2024 (dos mil veinticuatro), se dictó un Acuerdo de Incumplimiento en donde se impuso una multa a la C. Rocío Elizabeth Lúa Macías, por incumplimiento a la determinación de este Organismo Garante, documento que fue notificado a Estancias Infantiles de Gobierno del Estado de Colima A.C., como sujeto obligado, en fecha 15 (quince) de marzo de 2024 (dos mil veinticuatro) y en donde también se notificó a la Secretaria de Planeación, Finanzas y Administración; lo anterior demuestra que, este Instituto actuó conforme a la Ley de la materia e impuso una multa al sujeto obligado por incumplir con lo ordenado. Por otro lado, el 25 (veinticinco) de junio de 2024 (dos mil veinticuatro), se recibió el oficio SPYA/DGI/DR-1882/2024, en donde el Director de Recaudación, de la Secretaría de Planeación, Finanzas y Administración, nuevamente requiere a este Instituto para proporcionar la fecha y/o acta de nacimiento, el Registro Federal de Contribuyentes y/o la Clave Única de Registro de Población, de la persona sancionada o en su caso, copia de su credencial de elector o de alguna documentación que ayudara a su plena identificación; para lo cual, este Instituto emitió la respuesta a dicho oficio en fecha 01 (primero) de julio de 2024 (dos mil veinticuatro), reiterando que no se no contaba con dicha documentación; se proporcionan de manera adjunta a la presente respuesta, los oficios de referencia. Por su parte, en relación al siguiente fragmento de la solicitud: “solicito me informen si ya se realizó el pago de esa multa (adjuntar evidencia), cuáles son las consecuencias en caso de que no se haya pagado, cual es el proceso a seguir”, primeramente, es de precisar que cuando el Pleno de este Instituto determine la imposición de una multa como medida de apremio a alguna persona servidora pública, el proceso a seguir es el que se encuentra estipulado en el artículo 172, fracción III de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Colima. SOLICITO SE ME INFORME LO SIGUIENTE: si ya se realizó el pago de esa multa (adjuntar evidencia), cuáles son las consecuencias en caso de que no se haya pagado, cual es el proceso a seguir, quien es el responsable de realizar los cobros (puesto y cargo), y en caso de omitir sus responsabilidades me informen un medio de denuncia por incumplimiento a sus funciones. Respuesta del día28/08/2024Texto de respuestaSolicitante “Arnoldo Vizcaino Silva”. Presente. En atención a su solicitud de acceso a información registrada en la Plataforma Nacional de Transparencia de la Secretaría de Planeación, Finanzas y Administración, identificada con el número de folio 062748324000148, realizada con fecha 16 de agosto de 2024, por este conducto, se agrega la respuesta otorgada por la siguiente unidad administrativa: • Oficio SPFyA-DGI-672/2024, de fecha 27 de agosto de 2024, emitido por la Dirección General de Ingresos, de la Secretaría de Planeación, Finanzas y Administración. Agradeciendo de antemano la atención que se sirva brindar al presente, se aprovecha la ocasión para hacer llegar un cordial saludo. Atentamente. Colima, Colima, 28 de agosto de 2024. Unidad de Transparencia de la Secretaría de Planeación, Finanzas y Administración.Archivo adjuntoDescargarFolioCOL-IP-062748324000148

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de información vía Plataforma Nacional de TransparenciaTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta28/08/2024Fecha solicitud término28/08/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deColimaSector de la dependenciaPoder Ejecutivo