Colima - Secretaría de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Movilidad - (COL)
Solicitud del día 05/04/2024 a la dependencia Colima - Secretaría de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Movilidad - (COL) del órgano Colima
DescripciónSolicito la cantidad de viviendas identificadas en sus Pueblos Mágicos que prestan servicios de hospedaje estilo Arbnb. De dicha información, solicito que esté acomodada por municipio y cantidad de viviendas identificadas en dicha modalidad. Pido lo anterior, conforme al artículo 24 de Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Hidalgo, que señala que "son sujetos obligados a transparentar y permitir el acceso a su información y proteger los datos personales que obren en su poder cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en los ámbitos estatal y municipal". De igual manera, conforme al artículo 25, fracción 8 de la citada ley, la cual señala que los sujetos obligados deben "atender los requerimientos, observaciones, recomendaciones y criterios que en materia de transparencia y acceso a la información, realice el Instituto y el Sistema Nacional". Pido lo anterior por mi derecho de acceso a la información del texto vigente de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, publicada el pasado 9 de mayo de 2016, cuyo Capítulo 1, Artículo 2, fracciones I, II y III, señalan que se debe I Proveer lo necesario para que todo solicitante pueda tener acceso a la información mediante procedimientos sencillos y expeditos; II. Transparentar la gestión pública mediante la difusión de la información oportuna, verificable, inteligible, relevante e integral; y III. Favorecer la rendición de cuentas a los ciudadanos, de manera que puedan valorar el desempeño de los sujetos obligados Así como el Artículo 3, Capítulo 1, el cual prevé que Toda la información generada, obtenida, adquirida, transformada o en posesión de los sujetos obligados en el ámbito federal, a que se refiere la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y esta Ley, es pública, accesible a cualquier persona y sólo podrá ser clasificada excepcionalmente como reservada de forma temporal por razones de interés público y seguridad nacional o bien, como confidencial. Los particulares tendrán acceso a la misma en los términos que estas leyes señalan. El derecho humano de acceso a la información comprende solicitar, investigar, difundir, buscar y recibir información.Respuesta del día24/04/2024Texto de respuestase informa al solicitante que el sujeto obligado que puede tener lo requerido es la SUBSECRETARÍA DE TURISMO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE COLIMA. ADEMÁS EN ESTE MMENTO SE LE HACE SABEDOR DE LA INCOMPETENCIAArchivo adjuntoDescargarFolioCOL-IP-062748724000071