Colima - Instituto de Defensoría Pública del Estado de Colima - (COL)
Solicitud del día 02/07/2024 a la dependencia Colima - Instituto de Defensoría Pública del Estado de Colima - (COL) del órgano Colima
DescripciónEs de mi interés conocer los siguientes datos: ¿Cuántos casos han sido referidos a métodos alternos de solución de conflictos en el estado en los últimos 5 año? ¿Cuál es el porcentaje de casos resueltos satisfactoriamente a través de mediación o conciliación en el estado en los últimos 5 años? ¿Cuántos mediadores o conciliadores certificados están disponibles en el estado actualmente? ¿Cuál es el presupuesto asignado específicamente para la implementación de programas de métodos alternos de solución de conflictos en el estado en los últimos 5 año? ¿Cuántos centros de mediación o conciliación operan actualmente en el estado? ¿Cuál es la tasa de participación de la población en programas de métodos alternos de solución de conflictos en el estado en comparación con los últimos 5 años anteriores? ¿Cuántos casos se han resuelto a través de métodos alternos de solución de conflictos en zonas rurales versus urbanas en el estado? ¿Cuál es el índice de satisfacción de los usuarios que han utilizado servicios de mediación o conciliación en el estado en los últimos 5 años? ¿Cuántos casos judiciales han sido desviados a métodos alternos de solución de conflictos en el estado como parte de programas piloto o permanentes en los últimos 5 años? ¿Cuál ha sido la reducción porcentual en la carga de trabajo judicial debido a la implementación de métodos alternos de solución de conflictos en el estado en los últimos 5 años? Respuesta del día05/07/2024Texto de respuestaEn respuesta a la petición se recibio respuesta a sus interrogantes por parte de la Dirección de Asuntos Juridicos y Admiistrativos, así como del Encargado de Enlace Administrativo, ambos del Insituto de Defensoría Pública del estado de Colima, los cuales se agregan el presente como anexo, y en los que refieren lo siguiente: PRIMERO. – De conformidad con el artículo 2, de la Ley del Instituto de Defensoría Pública del Estado de Colima, el Instituto de Defensoría Pública del Estado de Colima, es un organismo público descentralizado sectorizado a la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado, dotado de personalidad jurídica, patrimonio propio, así como autonomía técnica, operativa y de gestión en el desempeño de sus funciones para el cumplimiento de su objeto, cuyos servicios e prestarán a la población bajo los principios que rigen los mismos; es decir NO PERTENECEN AL PODER JUDICIAL, sino al Poder Ejecutivo. SEGUNDO. – En el artículo 3 de la Ley de Justicia Alternativa del Estado de Colima, fracciones I, II, y III, se desglosan los conceptos de los medios alternativos de solución, el cual es relativo al artículo 2, fracción III, en el que se señala que el PODER JUDICIAL, contara con un Órgano Auxiliar, especializado en la conducción, aplicación de métodos alternativos para la solución de conflictos y regular su funcionamiento. Derivado de lo anterior, le refiero que sus cuestionamientos deben ser dirigidos a Dicho Órgano Auxiliar del Poder Judicial; aun sin embargo se da contestación a sus interrogantes dentro del escrito que se anexa frimado por el Director Juridico y Administrativo del Instituto de Defensoria Pública del EstadoArchivo adjuntoDescargarFolioCOL-IP-062876524000014