Durango - H. Congreso del Estado - (DGO)
Solicitud del día 14/06/2024 a la dependencia Durango - H. Congreso del Estado - (DGO) del órgano Durango
DescripciónInforme si las tarifas de los servicios dispuestos en los artículos 52 fracción I y 52 fracción IV de la ley de Hacienda del Estado de Durango vigentes hoy en día, para respetar de los principios establecidos en el artículo 31, fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, aunado al costo que para el Estado tienen dichos servicios ¿atienden también a la capacidad contributiva de los contribuyentes, con el fin de no afectar a los más pobres? -Se solicita informe y proporciones los documentos en los cuales se aprecie la información del cálculo y las operaciones aritméticas, y elementos que fueron tomados en cuenta para llegar a determinar las tarifas de los servicios establecidos en los artículos 52 fracción I y 52 fracción IV de la ley de Hacienda del Estado de Durango, corresponden a 200 UMA ($21,714.00 pesos) y 100 UMA ($10,857.00 pesos) respectivamente, vigentes hoy en día, para con ello determinar si son supuestamente exactos o aproximados al costo que le genera al estado la inscripción de diversos documentos en el Registro Público de la Propiedad del Estado de Durango, con el fin de que se encuentren plenamente identificados los elementos, y no exista un “elemento ajeno al servicio prestado”. -Informe y detalle las diferencias que existen entre los servicios que presta el Estado entre los servicios de inscripción de documentos prevista en los artículos 52 fracción I y 52 fracción IV de la Ley de Hacienda del Estado de Durango y sólo respecto a los servicios de registro e inscripción contemplados en las fracciones II, V, VII, IX, XIII, XIV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXIX, XXX, XXI, XXXVII, XXXIX y XLIV, del artículo 52 de la Ley de Hacienda del Estado de Durango. -Informe si unos de los elementos que fueron tomados en cuenta para determinar los montos de las tarifas dispuestas en los artículos 52 fracción I y 52 fracción IV de la Ley de Hacienda del Estado de Durango, son los gastos de papelería, la seguridad pública, gastos de sellos, gastos de luz y las funciones públicas de facultades administrativas o fiscales de comprobación de los funcionarios que trabajan en el Registro Público de la Propiedad del Estado de Durango. -Informe si a diferencia de los servicios de los artículos 52 fracción I y 52 fracción IV de la Ley de Hacienda del Estado de Durango, en los servicios previstos en las fracciones II, V, VII, IX, XIII, XIV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXIX, XXX, XXI, XXXVII, XXXIX y XLIV, del artículo 52 de la Ley de Hacienda del Estado de Durango solamente se realiza en dichas inscripciones una “localización del registro de origen para llevar a cabo” dichas inscripciones, o es necesario realizar servicios adicionales, en su caso detallar cuales son los pasos a seguir por cada uno de los servicios señalados en las fracciones previstas en el presente párrafo. -Informe si se consideran servicios análogos o parecidos, cuando una persona va a registrar un título que contenga la transmisión de una propiedad que otra que intente inscribir un gravamen sobre inmueble por contrato o el registro de una cédula hipotecaria. -Informe si la “actividad” prevista de inscripción en los artículos 52 fracción I y 52 fracción IV de la ley de Hacienda del Estado de Durango, se asemeja a la actividad prevista en los servicios de inscripción previstos en las fracciones II, V, VII, IX, XIII, XIV, XVI, XVII, XVIII, XIX, XX, XXIII, XXIV, XXV, XXVI, XXVII, XXIX, XXX, XXI, XXXVII, XXXIX y XLIV, del artículo 52 de la Ley de Hacienda del Estado de Durango. -Remita y/o proporcione la iniciativa que el Ejecutivo del Estado presento ante el Congreso del Estado de Durango, que provoco la reforma de la fracción I del artículo 52 de la Ley de Hacienda del Estado de Durango, el cual fue reformado por el decreto 53, LXVII legislatura de fecha 25 de diciembre de 2016. Respuesta del día24/06/2024Texto de respuestarespuestaArchivo adjuntoDescargarFolioDGO-IP-100179800009624