Durango - H. Ayuntamiento del Municipio de Canatlán, Dgo - (DGO)
Solicitud del día 25/10/2023 a la dependencia Durango - H. Ayuntamiento del Municipio de Canatlán, Dgo - (DGO) del órgano Durango
DescripciónRespecto de los procedimientos de responsabilidad administrativa NO GRAVES conforme a la Ley General de Responsabilidades Administrativas o su homóloga aplicable, efectuados en el periodo de agosto de 2017 a octubre de 2023 por parte de su órgano interno de control o área de responsabilidades, se requiere lo siguiente: - La cantidad de procedimientos de responsabilidad no grave iniciados. - La cantidad de procedimientos de responsabilidad no grave resueltos. - La cantidad de procedimientos de responsabilidad no grave pendientes de resolución. - La cantidad de procedimientos de responsabilidad no grave resueltos sin sanción para el servidor público. - La cantidad de procedimientos de responsabilidad no grave resueltos con sanción para el servidor público. - La cantidad de recursos de revocación interpuestos. - La cantidad de recursos de revocación resueltos confirmando la resolución impugnada. - La cantidad de recursos de revocación resueltos revocando la resolución impugnada. - La cantidad de recursos de revocación pendientes de resolver. De antemano gracias y una disculpa por las molestias.Respuesta del día13/11/2023Texto de respuestaASUNTO: Respuesta Solicitud. C. MIGUEL GUTIERREZ PINEDA. P R E S E N T E.- Con la finalidad de dar respuesta a su solicitud de información con número de folio 100180300004223 recibida en esta Unidad de Enlace y Transparencia el día 25/10/2023 a través de la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT), se desprende lo siguiente: La Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Durango, establece lo siguiente: ARTÍCULO 4. El derecho humano de acceso a la información comprende solicitar, investigar, difundir, buscar y recibir información, que obre en poder de los sujetos obligados. ARTÍCULO 19. Los sujetos obligados deberán documentar todo acto que derive del ejercicio de sus facultades, competencias o funciones. ARTÍCULO 20. Se presume que la información existe si se refiere a las facultades, competencias y funciones que los ordenamientos jurídicos aplicables otorgan a los sujetos obligados. En virtud de lo anterior, se anexa documento dando respuesta a sus cuestiones. Esperando haber satisfecho su derecho de acceso a la información, en caso de no estar conforme con la respuesta otorgada podrá interponer Recurso de Revisión, dentro de los quince días siguientes a la fecha de la presente notificación, esto de conformidad con lo dispuesto por la normatividad de la materia, lo podrá realizar por sí mismo o a través de su representante legal, de manera directa, en la Plataforma Nacional de Transparencia o por otros medios electrónicos, ante el Instituto o ante la Unidad de Transparencia que haya conocido de la solicitud. Sin más por el momento me despido de usted no sin antes desearle éxito en sus labores cotidianas. A T E N T A M E N T E CD. CANATLAN, DGO., A 13 DE NOVIEMBRE DE 2023 _____________________________________ JUAN ISMAEL GABRIEL VILLASEÑOR DIRECTOR DE ENLACE Y TRANSPARENCIA CANATLAN, DGO.Archivo adjuntoDescargarFolioDGO-IP-100180300004223