Durango - Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Durango (CONALEP) - (DGO)
Solicitud del día 04/11/2023 a la dependencia Durango - Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Durango (CONALEP) - (DGO) del órgano Durango
DescripciónPor medio del presente ocurso, solicito se me proporcione la información pública que, como respuesta se llegue a generar u otorgar por la Dependencia a su digno cargo; ello con relación al contenido del documento adjunto a esta consulta. Cabe destacar que, la misma deberá ser examinada en todas y cada una de sus partes, incluyendo los vínculos digitales que le remitan adecuadamente a las carpetas respectivas, mismas que almacenan diversa información documental de relevancia, los cuales, se deben analizar a detalle para otorgar la contestación apropiada a la presente solicitud; formulada con fundamento en los artículos 1, 8 y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En caso de no ser la autoridad competente, les pido porfavor remitir está solicitud al Despacho de la Gobernadora Constitucional del Estado de Tlaxcala, para su devida atención y pronta respuesta, su correo electrónico oficial es: secretariaparticular@tlaxcala.gob.mx o también al correo de la autoridad responsable de todo esto lutorahe@gmail.com e ivan.garcia.100592@gmail.com, por su atención les agradezco enormemente en coadyuvar con el reconocimiento, respeto, protección y defensa de mis derechos humanos que fueron amplia y sistemática transgredidos por servidores públicos del Estado Mexicano. Cabe destacar que tuve que hacer esto, utilizar así la Plataforma Nacional de Transparencia, porque los medios de información solo publican lo que en Gobierno dice, así mantienen este tipo de asuntos ocultos, desinformado a la población con problemas que están sucediendo actualmente y que nadie hace nada, ni las Autoridades, y, mientras tanto, todos en el Gobierno violan impunemente nuestras prerrogativas, pero sobre la Ley, espero pueda compartir este mensaje en su portal de internet oficial o algún medio externo.Otros datosACTOS DE CORRUPCIÓN: https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis DEBER DE HACER: https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/196503 DEBER DE SANCIONAR: https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/163182 DEBER DE SOLUCIONAR: https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/165121 BUENA ADMINISTRACIÓN: https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2023930 ACCESO A LA INFORMACIÓN: https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/200111 Respuesta del día08/11/2023Texto de respuestaARTÍCULO 42. Los sujetos obligados designarán al responsable de la Unidad de Transparencia que se constituirá con los recursos humanos, técnicos, materiales y financieros de que dispongan. Las unidades de transparencia tendrán como finalidad transparentar el ejercicio de la función que realicen los sujetos obligados y coadyuvar con el efectivo ejercicio del derecho de acceso a la información pública y tendrán las siguientes funciones: I. Recabar y difundir la información a que se refieren los Capítulos I, II, III y IV del Título Quinto de esta Ley y propiciar que las Áreas las actualicen periódicamente, conforme la normatividad aplicable; II. Recibir y dar trámite a las solicitudes de acceso a la información; III. Auxiliar a los particulares en la elaboración de solicitudes de acceso a la información y, en su caso, orientarlos sobre los sujetos obligados competentes conforme a la normatividad aplicable; IV. Realizar los trámites internos necesarios para la atención de las solicitudes de acceso a la información; V. Efectuar las notificaciones.. (Sic) ARTÍCULO 132. Cuando las Unidades de Transparencia determinen la notoria incompetencia por parte de los sujetos obligados, dentro del ámbito de su aplicación, para atender la solicitud de acceso a la información, deberán comunicarlo al solicitante, dentro de los tres días posteriores a la recepción de la solicitud y, en caso de poderlo determinar, señalar al solicitante el o los sujetos obligados competentes…(Sic) Sirve de sustento lo antes vertido el criterio del INAI 13-2017: Incompetencia. La incompetencia implica la ausencia de atribuciones del sujeto obligado para poseer la información solicitada; es decir, se trata de una cuestión de derecho, en tanto que no existan facultades para contar con lo requerido; por lo que la incompetencia es una cualidad atribuida al sujeto obligado que la declara. Con base en el análisis de la solicitud y de la normatividad antes citadas, se concluye que la información solicitada le corresponde al Despacho de la Gobernadora del Estado de Tlaxcala, la persona encargada de la Unidad de Trasparencia de dicha institución es la Lic. Rocío Flores Xochitiotzi, quien puede ser contactada en calle Plaza de la Constitución No. 3 Ciudad de Tlaxcala.número de teléfono 246 465 29 60 correo electrónico transparencia.gub@tlaxcala.gob.mx. Asimismo, la solicitud en cita le corresponde a la Secretaría de la Función Pública del Estado de Tlaxcala, la persona encargada de la Unidad de Trasparencia de dicha institución es el C. Héctor Serafín Hernández Taboada, quien puede ser contactado en Ex Rancho la Aguanaja S/N San Pablo Apetatitlán Tlaxcala C.P. 90600., número de teléfono 2464650900 ext 2103 y 2104 correo electrónico transparencia.gub@tlaxcala.gob.mx. Por último, dicha información le corresponde a la Secretaría Ejecutiva del Sistema Anticorrupción del Estado de Tlaxcala la persona encargada de la Unidad de Trasparencia de dicha institución es el C. C. Lenin Calva Pulido quien puede ser contactado en Reforma número 103 Colonia Miraflores C.P.90114 número de teléfono 246 189 2520, correo electrónico transparenciasesaet@gmail.com. Es entonces, por las consideraciones antes señaladas, que esta Unidad de Transparencia del Colegio de Educación Profesional Técnica del Estado de Durango, ACUERDA lo siguiente: PRIMERO. - Notifíquese el presente acuerdo para todos los efectos legales a los que haya lugar. SEGUNDO. - Se hace del conocimiento del solicitante que, contra el presente acuerdo administrativo, procede el recurso de revisión, que podrá presentar en un plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente de su notificación, ante el Instituto Duranguense de Acceso a la Información y de Protección de Datos Personales, sitio en calle Negrete #807 C.P. 34000 Zona Centro Durango Dgo.., Zona Centro, teléfonos: 8 11 77 12 y 01800 581 72 92, o bien, al correo electrónico www.idaip.org.mx en términos de los artículos 138, 139 y 140 de la Ley de TransparenciaArchivo adjuntoDescargarFolioDGO-IP-101125100001823