Durango - Consejo de Ciencia y Tecnología del Estado de Durango (COCYTED) - (DGO)
Solicitud del día 04/11/2023 a la dependencia Durango - Consejo de Ciencia y Tecnología del Estado de Durango (COCYTED) - (DGO) del órgano Durango
DescripciónPor medio del presente ocurso, solicito se me proporcione la información pública que, como respuesta se llegue a generar u otorgar por la Dependencia a su digno cargo; ello con relación al contenido del documento adjunto a esta consulta. Cabe destacar que, la misma deberá ser examinada en todas y cada una de sus partes, incluyendo los vínculos digitales que le remitan adecuadamente a las carpetas respectivas, mismas que almacenan diversa información documental de relevancia, los cuales, se deben analizar a detalle para otorgar la contestación apropiada a la presente solicitud; formulada con fundamento en los artículos 1, 8 y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. En caso de no ser la autoridad competente, les pido porfavor remitir está solicitud al Despacho de la Gobernadora Constitucional del Estado de Tlaxcala, para su devida atención y pronta respuesta, su correo electrónico oficial es: secretariaparticular@tlaxcala.gob.mx o también al correo de la autoridad responsable de todo esto lutorahe@gmail.com e ivan.garcia.100592@gmail.com, por su atención les agradezco enormemente en coadyuvar con el reconocimiento, respeto, protección y defensa de mis derechos humanos que fueron amplia y sistemática transgredidos por servidores públicos del Estado Mexicano. Cabe destacar que tuve que hacer esto, utilizar así la Plataforma Nacional de Transparencia, porque los medios de información solo publican lo que en Gobierno dice, así mantienen este tipo de asuntos ocultos, desinformado a la población con problemas que están sucediendo actualmente y que nadie hace nada, ni las Autoridades, y, mientras tanto, todos en el Gobierno violan impunemente nuestras prerrogativas, pero sobre la Ley, espero pueda compartir este mensaje en su portal de internet oficial o algún medio externo.Otros datosACTOS DE CORRUPCIÓN: https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis DEBER DE HACER: https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/196503 DEBER DE SANCIONAR: https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/163182 DEBER DE SOLUCIONAR: https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/165121 BUENA ADMINISTRACIÓN: https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/2023930 ACCESO A LA INFORMACIÓN: https://sjf2.scjn.gob.mx/detalle/tesis/200111 Respuesta del día08/11/2023Texto de respuestaQue, este Consejo de Ciencia y Tecnología del Estado de Durango, NO ES COMPETENTE, para darle respuesta a la información solicitada, por lo cual de la manera más respetuosa se reproduce lo siguiente: Es importante traer a colación lo dispuesto por los artículos 42 y 132 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Durango que a la letra recitan: (…) ARTÍCULO 42. Los sujetos obligados designarán al responsable de la Unidad de Transparencia que se constituirá con los recursos humanos, técnicos, materiales y financieros de que dispongan. Las unidades de transparencia tendrán como finalidad transparentar el ejercicio de la función que realicen los sujetos obligados y coadyuvar con el efectivo ejercicio del derecho de acceso a la información pública y tendrán las siguientes funciones: I. Recabar y difundir la información a que se refieren los Capítulos I, II, III y IV del Título Quinto de esta Ley y propiciar que las Áreas las actualicen periódicamente, conforme la normatividad aplicable; II. Recibir y dar trámite a las solicitudes de acceso a la información; III. Auxiliar a los particulares en la elaboración de solicitudes de acceso a la información y, en su caso, orientarlos sobre los sujetos obligados competentes conforme a la normatividad aplicable; IV. Realizar los trámites internos necesarios para la atención de las solicitudes de acceso a la información; V. Efectuar las notificaciones a los solicitantes; VI. Proponer al Comité de Transparencia los procedimientos internos que aseguren la mayor eficiencia en la gestión de las solicitudes de acceso a la información, conforme a la normatividad aplicable; VII. Proponer personal habilitado que sea necesario para recibir y dar trámite a las solicitudes de acceso a la información; VIII. Llevar un registro de las solicitudes de acceso a la información, respuestas, resultados, costos de reproducción y envío; IX. Promover e implementar políticas de transparencia proactiva procurando su accesibilidad; X. Fomentar la transparencia y accesibilidad al interior del sujeto obligado; XI. Capacitar al personal necesario de los sujetos obligados al que pertenecen para dar trámite a las solicitudes de acceso a la información; XII. Asegurar que se mantengan actualizadas las obligaciones de transparencia en la Plataforma Nacional de Transparencia y en el portal de internet, dentro de los plazos establecidos; XIII. Expedir las certificaciones de la información que obre en su poder, o solicitarlas ante la unidad respectiva de su adscripción; XIV. Hacer del conocimiento de la instancia competente la probable responsabilidad por el incumplimiento de las obligaciones previstas en la presente Ley y en las demás disposiciones aplicables, y XV. Las demás necesarias para garantizar y agilizar el flujo de la información entre el sujeto obligado y los particulares, que se desprendan de la normatividad aplicable. Los sujetos obligados promoverán acuerdos con instituciones públicas especializadas que pudieran auxiliarles a entregar las respuestas a las solicitudes de información, en la lengua indígena, braille o cualquier formato accesible correspondiente, en forma más eficiente. (…) ARTÍCULO 132. Cuando las Unidades de Transparencia determinen la notoria incompetencia por parte de los sujetos obligados, dentro del ámbito de su aplicación, para atender la solicitud de acceso a la información, deberán comunicarlo al solicitante, dentro de los tres días posteriores a la recepción de la solicitud y, en caso de poderlo determinar, señalar al solicitante el o los sujetos obligados competentes…(Sic) Se adjunta archivo documental, con respuesta justificadaArchivo adjuntoDescargarFolioDGO-IP-101125500001523