Durango - H. Ayuntamiento del Municipio de Ocampo, Dgo - (DGO)
Solicitud del día 04/09/2024 a la dependencia Durango - H. Ayuntamiento del Municipio de Ocampo, Dgo - (DGO) del órgano Durango
DescripciónPor medio de la presente, hago de su conocimiento que el día 13 de junio de 2022, interpuse en esta institución una Solicitud de Acceso a la Información (SAI) vía Plataforma Nacional de Transparencia (PNT) con número de folio 101132600001022. Al respecto, esta institución, establecida como sujeto obligado por la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGTAIP) y la LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA DEL ESTADO DE DURANGO, emitió su respuesta declarando la inexistencia de la información solicitada, señalando que su Comité de Transparencia la confirmó mediante la emisión de su respectiva. En este tenor, la LGTAIP señala en su artículo 138, fracción IV lo siguiente: Artículo 138. Cuando la información no se encuentre en los archivos del sujeto obligado, el Comité de Transparencia: IV. Notificará al órgano interno de control o equivalente del sujeto obligado quien, en su caso, deberá iniciar el procedimiento de responsabilidad administrativa que corresponda. En virtud de lo anterior, solicito a este sujeto obligado la siguiente información: • Oficio de notificación al órgano interno de control (u homólogo) de este sujeto obligado por parte de su Comité de Transparencia notificando el supuesto mencionado y, • Versión Pública del expediente de investigación por la Presunta Responsabilidad Administrativa en contra de la persona servidora pública responsable y, en su caso, la resolución recaída en el expediente. (En su caso) Otros datosSolicito se remita la solicitud a todas las áreas competentes al interior del sujeto obligado, en particular a Unidad de Transparencia. Adicionalmente, fundamento mi solicitud en el artículo 134 fracción IV de la LEY DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACION PUBLICA DEL ESTADO DE DURANGO que establece: ARTÍCULO 134. Cuando la información no se encuentre en los archivos del sujeto obligado, el Comité de Transparencia: IV. Notificará al órgano interno de control o equivalente del sujeto obligado quien, en su caso, deberá iniciar el procedimiento de responsabilidad administrativa que corresponda. Respuesta del día24/10/2024Texto de respuestaMuy buenas tardes, ofrecemos una disculpa por la tardanza en contestar, su solicitud paso a Recurso de revisión por lo cual ya se envió un archivo del comite de transparecia en donde manifestamos la busqueda exhaustiva a los datos solicitados. Envío copia del archivo mencionado.Archivo adjuntoDescargarFolioDGO-IP-101132600001924