Durango - Sindicato Único de Trabajadores Municipales de la Capital del Estado de Durango - (DGO)
Solicitud del día 18/09/2024 a la dependencia Durango - Sindicato Único de Trabajadores Municipales de la Capital del Estado de Durango - (DGO) del órgano Durango
DescripciónSe solicita el documento que contenga la normatividad, procedimiento y requisitos que debe cubrir un trabajador de intendencia del Municipio de Durango para integrarse a este sindicato.Respuesta del día23/09/2024Texto de respuesta A QUIEN CORRESPONDA PRESENTE. - VISTA la presente solicitud, que esta fue turnada a todas las áreas competentes de este sujeto obligado, las cuales tengan el manejo de información o deban tenerla de acuerdo con sus facultades, competencias y funciones, con el objeto de que se realice una búsqueda exhaustiva y razonable de información solicitada, emitiendo la siguiente respuesta: Esta instancia da la siguiente información contenida en el contrato colectivo de trabajo firmado el 08 de mayo de 2024, en el capitulo III “De los Requisitos de admisión”, que a la letra dice: “CLÁUSULA 5.- Son requisitos de ingreso para la bolsa de trabajo de "EL SINDICATO" para laborar en "EL AYUNTAMIENTO", los siguientes: I. Ser mayor de 16 años y menor de 55 años de edad. II. Presentar la Constancia de Situación Fiscal actual. III. Paro los mayores de dieciséis años y menares de 18 presentar carta de sus podres o tutor autorizándoles a trabajar emitida por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social del Estado de Durango, para las mayores de dieciocho años de edad, presentar la credencial para votar con fotografía y/o cartilla militar. IV. No haber sido cesado por el Ayuntamiento, por causa imputable o el/lo trabajador/a, dentro de los cinco años anteriores, ni haberse retirado voluntariamente. V. No haber sido expulsado(o) en Sesión Ordinaria o Extraordinario par Asamblea General. VI. Presentar certificado de que gozo de buena salud física y mental. VII. Tener la escolaridad, los conocimientos, las aptitudes y actitudes requeridas para el puesto, habiendo aprobado los exámenes requeridos. VIII. los que establezca, en su oportunidad, el Reglamento de Escalafón. IX. Carta de no antecedentes penales. X. Carta de no inhabilitación expedida por la Contraloría Municipal. XI. Proponer "El SINDICATO" a "El AYUNTAMIENTO" al candidato para ocupar una plaza sindica/izada y este dar su visto bueno atendiendo a la disponibilidad presupuestal. XII. Demás documentación requerida para la contratación por parte de la Subdirección de Recursos Humanas de lo Dirección Municipal de Administración y Finanzas. CLÁUSULA 7.- Todo/a trabajador/a propuesto/a por "EL SINDICATO" deberá presentar y aprobar el examen o los exámenes respectivos para ocupar un puesto de trabajo de tipo sindicalizado/a, habiendo aprobado los mismos ocupará un puesto de manera eventual para "EL AYUNTAMIENTO", y deberá demostrar en el desempeño del puesto la capacidad, aptitudes personales y profesionales que hubiere manifestado poseer para el puesto al que fue contratado dando fe de esto su jefe inmediato. Toda vez que, si sus servicios no fueran satisfactorios, “EL AYUNTAMIENTO” podrá resdndir la relación de trabajo, ¡previo aviso a “EL SINDICATO!', si fueren contratados a través del mismo, aún antes del término fijado en el contrato temporal individual, sin incurrir en responsabilidad. Vencido el término del contrato, y si existen las condiciones de necesidad del trabajo y presupuestales se consideran clasificados como temporales o sindicalizados/as, según sea el caso.” Archivo adjuntoDescargarFolioDGO-IP-101307000000324