Durango - Sindicato de Trabajadores al Servicio de los Tres Poderes del Estado de Durango - (DGO)
Solicitud del día 24/05/2024 a la dependencia Durango - Sindicato de Trabajadores al Servicio de los Tres Poderes del Estado de Durango - (DGO) del órgano Durango
DescripciónNormatividad donde se señale la hora de guardería hasta los 6 años de edad para hijos de trabajadores del gobierno del estado de Durango.Respuesta del día18/06/2024Texto de respuestaEstimado usuario Presente. - Derivado de su consulta de información con folio 101363000000424, donde solicita: • Normatividad donde se señale la hora de guardería hasta los 6 años de edad para hijos de trabajadores del gobierno del estado de Durango. Por lo que nos permitimos informar de la manera más atenta y respetuosa, que los trabajadores sindicalizados agremiados este Sindicato de Trabajadores al Servicio de los Tres Poderes del Estado de Durango, que son madres o padres tienen el derecho de horario de guardería, según lo establecido dentro de la cláusula cuadragésima tercera del convenio salarial vigente, la cual le enunciamos de manera textual: CUADRAGÉSIMA TERCERA. - “Los Tres Poderes” convienen con el “Sindicato” en conceder media hora de guardería a las madres trabajadoras y a los padres trabajadores sindicalizados que tengan la patria potestad de sus hijos y/o que sus esposas no sean trabajadoras de gobierno; dicho horario será otorgado ya sea a la entrada o a la salida de su jornada laboral, lo anterior a solicitud de la madre trabajadora y el padre trabajador. Sin más por el momento reitero a usted las seguridades de mi Atenta y Distinguida Consideración. A T E N T A M E N T E Victoria de Durango Dgo., a 17 de junio de 2024 “UNIDAD PARA EL TRIUNFO DE LA JUSTICIA SOCIAL” POR EL COMITÉ EJECUTIVO LA SECRETARIA GENERAL C. MARÍA DEL CARMEN VILLALOBOS VALENZUELAArchivo adjuntoDescargarFolioDGO-IP-101363000000424