Federación - Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, S.A. de C.V. (AICM) - (FED)
Solicitud del día 16/08/2023 a la dependencia Federación - Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, S.A. de C.V. (AICM) - (FED) del órgano Federación
DescripciónCon base en el articulo 6 de la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos, solicito las funciones, atribuciones, cargo y/o comisión que la C. Rebeca Cruz Martínez quien labora en la Subdirección de transportación terrestre a la fecha tiene, asimismo la plantilla de todo el personal que presta el servicio para la Subdirección de transportación terrestre y cada uno de los cargo, comisión, función, atribuciones, puesto nivel categoría (sindicalizado o confianza) y el tiempo extra asignado a cada uno de ellos.Respuesta del día29/08/2023Texto de respuestaCiudad de México a 29 de agosto de 2023 Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, S.A. de C.V. Seguimiento a la solicitud de información 330002023000287. Se atendió a través de la opción: DISPONIBILIDAD DE LA INFORMACIÓN. Estimado Usuario: En respuesta a su requerimiento el Lic. José Luis Reyes Caballero, Subdirector de Recursos Humanos, titular del área responsable de su atención, mediante su oficio DA/SRH/986/2023 que se anexa, informa lo siguiente: “Sobre el particular y en atención a la solicitud que nos ocupa se hace la siguiente precisión Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, S.A. de C.V. (AICM) y Servicios Aeroportuarios de la Ciudad de México, S.A. de C.V. (SACM) ambas entidades paraestatales de participación estatal mayoritaria, trabajan en conjunto en la administración y operación del Aeropuerto Internacional Benito Juárez Ciudad de México, siendo AICM la empresa concesionaria y responsable de operar el aeródromo y SACM la encargada de proporcionar servicios administrativos a las dos empresas. En este contexto, de conformidad con lo establecido en el Manual General de Organización AICM como operadora de la terminal aérea está compuesta por una plantilla de personal operativo, tanto de confianza como sindicalizado, por lo que carece de estructura orgánica, además de que sus servidores públicos no ejercen actos de autoridad; y SACM está integrada exclusivamente por servidores públicos de mando cuya responsabilidad administrativa en la estructura trasciende hacia ambas empresas. (SACM) es la única de ambas empresas que cuenta con una estructura orgánica. Por lo anterior, los trabajadores que desempeñan sus labores físicamente en la Subdirección de Terminal y de Supervisión de Transportación Terrestre se encuentran adscritos a la Entidad Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México S.A. de C.V. Precisado lo anterior, se procede al envío de la plantilla de personal solicitada por el usuario, en la forma y con las características en que se encuentra en los archivos de esta Subdirección, plantilla de personal de la cual forma parte la C. REBECA CRUZ MARTÍNEZ, la cual contiene los datos concernientes a cada trabajador, como son el nombre, nivel salarial, puesto y tipo de contratación. Cabe mencionar que la información inherente a las funciones y atribuciones de los trabajadores de conformidad al puesto (cargo) que desempeñan, se encuentran establecidas en sus Contratos Individuales de Trabajo por Tiempo Indeterminado, de igual manera que dentro de dichos contratos laborales no se emplea el término de comisión. Asimismo, que los Contratos Individuales de Trabajo por Tiempo Indeterminado, contienen información de carácter confidencial, de conformidad con el Artículo 116 primer párrafo de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGTAIP), 113 Fracción I de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública en relación con el Lineamiento Trigésimo Octavo Fracción I de los Lineamientos Generales en Materia de Clasificación y desclasificación de la información así como para la elaboración de versiones públicas. Cabe señalar que esta área a mi cargo únicamente cuenta con los Contratos Individuales de Trabajo en archivo físico, por lo que con fundamento en el artículo 136 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y con el objeto de garantizar el acceso a la información solicitada por el usuario, se ofrece la modalidad de entrega en versión pública de 70 contratos individuales de Trabajo por Tiempo Indeterminado, los cuales en suma total constan de 217 fojas, cuya elaboración se llevará a cabo, previo pago de los costos de reproducción de conformidad con el artículo 137 segundo párrafo de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Por lo que respecta a la información inherente al tiempo extra asignado a cada uno de los trabajadores, se comunica que toda vez que el particular no señaló periodo respecto del...Archivo adjuntoDescargarFolioFED-IP-330002023000287