Federación - Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, S.A. de C.V. (AICM) - (FED)
Solicitud del día 29/10/2024 a la dependencia Federación - Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, S.A. de C.V. (AICM) - (FED) del órgano Federación
DescripciónA quien corresponda, solicito atentamente me proporcionen informacion acerca del "como" se realiza el cobro de carga aérea, cómo se aplican las tarifas que permitan tener a los aeropuertos recibir ingresos por dicho concepto. cuáles han sido los ingresos por el concepto de referencia y que operadores de carga aérea operan. Gracias.Otros datosInformación que sustente los ingresos del aeropuerto por manejo y demás actividades de la carga aérea.Respuesta del día13/11/2024Texto de respuesta Ciudad de México, a 13 de noviembre de 2024 Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, S.A. de C.V. Seguimiento a la solicitud de información 330002024000259. Se atendió a través de la opción: ENTREGA DE INFORMACIÓN VÍA PLATAFORMA NACIONAL DE TRANSPARENCIA. Estimado Usuario: En respuesta a su solicitud de información la Lic. Bertha Elia Mara Zúñiga González, Subdirectora de Atención a Clientes, y la TTE. CORB. SAIN. (N) L. CONT. Eva Laura Solano Labastida, Subdirectora de Recursos Financieros; titulares de las unidades administrativas responsables de su atención, mediante sus oficios DCS-SAC/02753/2024 y DA-SRF/00575/2024 que se anexan, informan lo siguiente: Subdirección de Atención a Clientes: “• Al respecto. me permito informar que AICM, lo que cobra a las aerolíneas son los servicios aeroportuarios de aterrizaje, estacionamiento en plataforma de embarque y desembarque y plataforma de permanencia prolongada [pernocta), toda vez que no se tiene una tarifa específica para el manejo de carga, las tarifas que se aplican son las publicadas en el Diario Oficial de la Federación de fecha 23 de febrero de 2010. • De igual forma se informa que con fecha 2 de febrero de 2023 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto que establece: "Queda cerrado el Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, "Benito Juárez" para las operaciones de los concesionarios y permisionarios que proporcionan el servicio al público de transporte aéreo nacional e internacional regular y no regular exclusivo de carga".(sic) Subdirección de Recursos Financieros: “Se informa que al 30 de septiembre de 2024, este Aeropuerto no tiene registrado ningún cobro por el concepto de “Carga Aérea”.” (sic) Aunado a lo anterior, se le proporciona la dirección electrónica de nuestro sitio web donde se encuentran publicadas las tarifas https://www.aicm.com.mx/aicm/negocios/tarifas Por último, se hace de su conocimiento que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 142 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 147 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, cuenta con un plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente de la fecha de notificación de la presente respuesta, para interponer por sí mismo o a través de su representante, de manera directa por escrito, por correo con porte pagado o por medios electrónicos, recurso de revisión ante el Instituto o ante la Unidad de Transparencia de esta Entidad. Para tal efecto, se le proporciona la dirección electrónica de la Plataforma Nacional de Transparencia http://www.plataformadetransparencia.org.mx/, sección denominada “Quejas de Respuestas”, y el domicilio del INAI a Unidad de Transparencia (https://www.aicm.com.mx/transparencia/transparencia/acceso_a_la_informacion/unidad-de-transparencia) Atentamente Lic. Patricia Cravioto Galindo Gerente de Información y Evaluación Unidad de Transparencia unidadenlaceaicm@aicm.com.mx Teléfono 55-2482-2244. Para que nos conozca visite nuestro sitio web www.aicm.com.mx A su vez se le recomienda que visite el Sistema de Portales de Obligaciones de Transparencia, en la siguiente dirección electrónica: http://www.plataformadetransparencia.org.mx/web/guest/sistema-portalesArchivo adjuntoDescargarFolioFED-IP-330002024000259