Federación - Centro de Investigación en Matemáticas, A.C. (CIMAT) - (FED)
Solicitud del día 17/09/2024 a la dependencia Federación - Centro de Investigación en Matemáticas, A.C. (CIMAT) - (FED) del órgano Federación
DescripciónA Quien Corresponda, Solicito las fechas y orden del día de todas las reuniones, ordinarias y extraordinarias, que han tenido el Órgano de Gobierno, la Asamblea General, el Consejo Directivo y la Asamblea de Asociados del CIMAT en el 2024. Asimismo solicitó que se incluyan los documentos enviados o presentados a los miembros de dichos cuerpos colegiados para su consideración, análisis, votación y su posible aprobación. También solicitó las actas, acuerdos y las minutas de estas reuniones. SaludosOtros datosDe acuerdo al Artículo 93 de la Ley General en Materia De Humanidades, Ciencias, Tecnologías e Innovación el Órgano de Gobierno debe sesionar de manera ordinaria cuando menos dos veces al año. Los Estatutos Sociales que aparecen en la página de CIMAT en su Capítulo IV del Título Primero menciona a la Asamblea de Asociados. En el Título Segundo de los Estatutos Sociales del CIMAT se menciona a los Órganos de la asociación, particularmente a la Asamblea General y a el Consejo Directivo. Se resaltan los siguientes artículos de dichos estatutos: ARTÍCULO 20.- Las Sesiones de la Asamblea General serán tanto ordinarias como extraordinarias. Las primeras serán celebradas por lo menos una vez al año y las extraordinarias cuantas veces se requiera por parte de los asociados. En las sesiones ordinarias se acordarán todos los asuntos relacionados con el objeto de la Asociación, pudiendo presentar puntos generales en las mismas. En las sesiones extraordinarias, únicamente se tratarán los asuntos para los cuales se convocó, no existiendo la posibilidad de tratar asuntos generales. ARTÍCULO 21.- Las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Asamblea General serán convocadas por el Presidente o por quien éste designe. Las convocatorias se notificarán a través de correo certificado o cualquier otro medio de mensajería que cuente con acuse de recibo y garantice a los asociados y al Órgano de Vigilancia la oportuna información. Las convocatorias deberán contener el orden del día, así como la fecha, hora y lugar en que se llevará a cabo la Asamblea. ARTÍCULO 22.- La Asamblea General sesionará válidamente en primera convocatoria con la asistencia de por lo menos la mitad más uno de sus integrantes. Si no se pudiese celebrar la Asamblea General en primera convocatoria por falta de quórum, se hará una segunda convocatoria advirtiendo que la sesión se celebrara en la fecha en que se indique la cual será válida con el número de asociados que concurran. A las sesiones de la Asamblea General asistirán el Secretario, el Prosecretario y el Comisario Público con voz pero sin voto. ARTÍCULO 23.- Las sesiones de la Asamblea General y los acuerdos tomados en ella, serán asentados en actas, que firmarán el Presidente y el Secretario. ARTÍCULO 27.- El Consejo Directivo celebrará sesiones tanto ordinarias como extraordinarias, las primeras serán celebradas por lo menos dos veces al año y las extraordinarias que propongan su Presidente o cuando menos cinco de sus miembros. En las sesiones ordinarias se acordarán todos los asuntos relacionados con el objeto de la Asociación, pudiendo presentar puntos generales en las mismas. En las sesiones extraordinarias, únicamente se tratarán los asuntos para los cuales fueron convocadas, no existiendo la posibilidad de tratar asuntos generales. Las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo Directivo, serán convocadas por el Presidente o por quien éste designe, se notificarán a través de correo certificado o cualquier otro medio de mensajería que cuente con acuse de recibo y garantice a los Consejeros y al Órgano de Vigilancia la oportuna información, dicha notificación se realizará con una antelación no menor de cinco días hábiles previos a la fecha de la sesión; deberán ser acompañadas de la información y documentación correspondiente. Las convocatorias deberán contener el orden del día, así como la fecha, hora y lugar en que se llevará a cabo el Consejo. Si no pudiese celebrase la sesión del Consejo Directivo en primera convocatoria por falta de quórum, se hará una nueva convocatoria advirtiendo que la sesión se celebrará en la fecha en que se indique, la cual será válida con el número de consejeros que concurran, de conformidad con lo establecido en el artículo 28 de los presentes Estatutos. ARTÍCULO 30.- Las sesiones del Consejo Directivo y los acuerdos tomados en él, serán asentados en actas, que firmarán el Presidente y el Secretario. Respuesta del día17/10/2024Texto de respuestaApreciable solicitante, en atención a su solicitud recibida mediante la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT) señalada con el folio 330004324000066 y, conforme a lo dispuesto en los artículos 1 y 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y, 61 Fracción IV de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública la Unidad de Transparencia hace llegar la respuesta a su requerimiento que, la Dirección General de este Sujeto Obligado dentro del ámbito de las competencias establecidas en el punto A.1. del Manual de Organización de este Centro y que proporcionó para tal fin. Le informamos que también puede dirigirse directamente a las oficinas de esta Unidad de Transparencia, ubicadas en Calle Jalisco S/N, Col. Valenciana CP. 36023 Guanajuato, Gto, México, o bien por el servicio postal, al Apartado Postal 402, CP 36000, donde con gusto podemos orientarle para la formulación de cualquier solicitud de información relacionada con el CIMAT y cualquier otro ente de la Administración Pública Federal. Finalmente, me permito recordarle que podrá interponer por sí o a través de su representante, el recurso de revisión previsto por los artículos 142 y 143 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y 147 Y 148 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, ante el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, sito en Avenida Insurgentes Sur No. 3211, Colonia Insurgentes Cuicuilco, Delegación Coyoacán, Código Postal 04530, Ciudad de México, o ante la Unidad de Transparencia del Centro de Investigación en Matemáticas, A. C. en el domicilio antes mencionado, el formato y forma de presentación del medio de impugnación, podrá obtenerlo en la página oficial del Instituto. Atentamente Unidad de Transparencia del Centro de Investigación en Matemáticas. Archivo adjuntoDescargarFolioFED-IP-330004324000066