Federación - Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (INDAABIN) - (FED)

Solicitud del día 23/10/2024 a la dependencia Federación - Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales (INDAABIN) - (FED) del órgano Federación

DescripciónEn ejercicio de mi derecho de acceso a la información, consagrado en el artículo 6 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, solicito de ese sujeto obligado realice las gestiones necesarias para la localización, ubicación y puesta a disposición de la información, documentación y/o soporte documental respecto del inmueble ubicado en el lote de terreno conocido como paraje “Rancho de Anzaldo y Contreras”, alias “Padierna”, actualmente marcado con el número 457, de la calle Circuito Fuentes del Pedregal, colonia La Concepción, alcaldía Tlalpan, Ciudad de México, mismo que se encuentra registrado ante el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de la Ciudad de México bajo el folio real número 9544869 específicamente por cuanto hace a la siguiente información: 1) Nombre del actual titular registral del inmueble. 2) Situación jurídica actual del inmueble. 3) Contratos celebrados en los que el bien inmueble ha sido el objeto, y, en caso de haberlo, se proporcione el soporte documental en el que conste. 4) Se señale si el inmueble forma o no parte del patrimonio inmobiliario de la alcaldía, de la Ciudad de México, y/o de la Federación. Lo anterior, en razón de que existe información (misma que se adjunta a la presente solicitud) que presume que el bien inmueble forma parte del patrimonio público, razón por la cual no es posible localizar la misma en los anales del Registro Público de la Propiedad y de Comercio de la Ciudad de México. Es entonces que se invoca en mi favor el Criterio de interpretación para sujetos obligados identificado con la Clave de control: SO/016/2017, emitido por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, y que a la letra establece: “Expresión documental. Cuando los particulares presenten solicitudes de acceso a la información sin identificar de forma precisa la documentación que pudiera contener la información de su interés, o bien, la solicitud constituya una consulta, pero la respuesta pudiera obrar en algún documento en poder de los sujetos obligados, éstos deben dar a dichas solicitudes una interpretación que les otorgue una expresión documental.” Asimismo, no debe pasar inadvertido que para la respuesta que ese sujeto obligado se sirva emitir, deberá estar a lo dispuesto por lo establecido en el Criterio de interpretación para sujetos obligados identificado con la Clave de control: SO/002/2017, emitido por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, con el rubro siguiente: “Congruencia y exhaustividad”, además de observar lo dispuesto en el Criterio SO/013/2023, bajo el rubro “Competencia concurrente. Los sujetos obligados deberán garantizar la búsqueda de la información requerida.”Otros datosSe adjunta a la presente solicitud la impresión de la ficha emitida por la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda de la Ciudad de México, el cual, contiene la cuenta catastral, así como el plano de ubicación del inmueble referido.Respuesta del día14/11/2024Texto de respuestaEstimada persona solicitante Se adjuntan las respuestas proporcionadas por las unidades administrativas, en caso de aclaración o duda, favor de comunicarse al teléfono 5555632699, extensiones 422, 190 y/o 131. Derivado de lo manifestado por la unidad administrativa en su oficio de respuesta, se informa que las solicitudes de información ante la Registro Público de la Propiedad y de Comercio de la Ciudad de México, podrán interponerse por PNT, o bien se proporcionan los datos de contacto de sus Unidades de Transparencia, a saber: TITULAR DE LA UNIDAD DE TRANSPARENCIA: LIC. LETICIA MILLÁN AZPEYTIA CORREO ELECTRÓNICO: ut.consejeria@gmail.com TELÉFONO: 55 5510 2649 ext.133 HORARIO DE ATENCIÓN AL PÚBLICO: 09:00 a 15:00 HORAS Asimismo, se informa que en caso de no satisfacerle lo antes señalado, podrá interponer por sí o a través de su representante, el recurso de revisión previsto en el Capítulo III, del Título Quinto de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, ante el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, ubicado en avenida Insurgentes Sur, número 3211, colonia Insurgentes Cuicuilco, alcaldía Coyoacán, en esta Ciudad de México, o ante la Unidad de Transparencia del Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, en la dirección que al calce se indica. Los requisitos, manera, lugar y medio para presentar ese medio de impugnación están disponibles para su consulta en la página www.inai.org.mx, al ingresar localizar y elegir “Acceso a la Información”. Una vez desplegado su contenido deberá elegir “Recurso de Revisión” cuyo apartado contiene la información relativa a éste. Debe referirse que el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales ha puesto a disposición de los solicitantes de acceso a la información el Sistema de Gestión de Medios de Impugnación, inserto en la PNT disponible en la dirección http://www.plataformadetransparencia.org.mx/, en donde podrá presentar el recurso de revisión. Atentamente Unidad de Transparencia del INDAABIN Archivo adjuntoDescargarFolioFED-IP-330016324000301

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaEntrega de información vía Plataforma Nacional de TransparenciaTipo de respuestaMODALIDADMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta21/11/2024Fecha solicitud término14/11/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deFederaciónSector de la dependenciaPoder Ejecutivo