Federación - SRE-Instituto de los Mexicanos en el Exterior (IME*) - (FED)

Solicitud del día 03/09/2024 a la dependencia Federación - SRE-Instituto de los Mexicanos en el Exterior (IME*) - (FED) del órgano Federación

DescripciónCon fundamento en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LFTAIP), artículos 3, fracción XVI, 4, 13, 110, 113, y 141, fracción IV, así como en la Ley del Servicio Exterior Mexicano (Ley SEM) y su Reglamento, solicito información exhaustiva y detallada relacionada con las solicitudes de contrataciones realizadas por los titulares de las embajadas de México en Belize, Costa Rica, Cuba, El Salvador, Guatemala, Guyana, Haití, Jamaica, Nicaragua, Panamá, República Dominicana, Santa Lucía, Trinidad y Tobago, Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, Paraguay, Perú, Uruguay, Venezuela. conforme al artículo 7 de la Ley del Servicio Exterior Mexicano y al amparo de este. Esta solicitud debe cubrir los siguientes aspectos para el periodo de 2018 a 2024: Información específica sobre las solicitudes de contratación realizadas directamente, y unicamente, por los titulares de embajadas en los paises mencionados en el primer parrafo . 2. Detalles sobre cada solicitud de contratación conforme al artículo 7 de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, incluyendo: Fecha de la solicitud: Día, mes y año en que fue realizada cada solicitud y si la misma solicitud se llevo a cabo en mas de una ocasion. Nombre del titular de la embajada o consulado que realizó la solicitud. Número de solicitudes presentadas por cada titular durante el periodo de 2020 a 2024, especificando cuántas fueron aprobadas y cuántas no. Propósito de la solicitud: Detalle del motivo de la solicitud de contratación, incluyendo el área o función específica para la cual se solicitó el personal. Perfil requerido: Descripción detallada del perfil profesional y habilidades específicas requeridas para el puesto solicitado, incluyendo: Experiencia profesional requerida. Habilidades técnicas y blandas solicitadas. Idiomas y otros requisitos específicos. Nombre de la persona postulada (si se conocía al momento de la solicitud), especificando: Perfil profesional de la persona postulada, incluyendo su trayectoria en el SEM o en otras instituciones. Funciones asignadas a la persona postulada en caso de que la solicitud haya sido aprobada. Fecha de contratación y duración del contrato (si la solicitud fue aprobada). Detalles adicionales sobre la gestión de estas solicitudes en las diferentes áreas de la Secretaría de Relaciones Exteriores: Dirección General del Servicio Exterior y Recursos Humanos: Procesos de evaluación seguidos para cada solicitud de contratación. Criterios utilizados para aprobar o rechazar cada solicitud. Tiempos de respuesta para cada solicitud, desde la fecha de recepción hasta la aprobación o rechazo. Oficina del Canciller: Intervención directa o indirecta en la aprobación de solicitudes realizadas por los titulares. Directrices específicas emitidas por el Canciller en relación con las contrataciones temporales bajo el artículo 7. Agencia Mexicana de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AMEXCID): Participación de AMEXCID en las solicitudes de personal temporal relacionadas con programas de cooperación internacional o proyectos específicos. Evaluación de competencias y contribución de personal contratado bajo el artículo 7 en proyectos de cooperación. Documentación adicional relacionada con las solicitudes de contratación: Informes de seguimiento de las personas contratadas conforme al artículo 7, indicando su desempeño y contribución a las funciones de la embajada o consulado. Correspondencia interna entre las áreas mencionadas (Dirección General del SEM, Recursos Humanos, Oficina del Canciller, AMEXCID) en relación con la gestión de estas solicitudes.Otros datosLa información ya existente en los registros de la Secretaría de Relaciones Exteriores, conforme al artículo 3, fracción XVI de la LFTAIP, que define la información como todo registro documentado en cualquier formato o medio.La LFTAIP y el Código Penal Federal estipulan las responsabilidades de los servidores públicos y las consecuencias legales en caso de incumplimiento de sus deberes administrativos, aplicando esto también a la correcta gestión de recursos humanos en el Servicio Exterior Mexicano. En vista de la relevancia de la transparencia en la gestión de personal temporal bajo el artículo 7 de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, solicito que la información requerida sea proporcionada con el mayor nivel de detalle y exactitud. Respuesta del día06/09/2024Texto de respuestaSE ADJUNTAArchivo adjuntoDescargarFolioFED-IP-330016924000080

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaNotoria incompetenciaTipo de respuestaINCOMPETENCIAMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta03/10/2024Fecha solicitud término06/09/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deFederaciónSector de la dependenciaPoder Ejecutivo