Federación - Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) - (FED)
Solicitud del día 22/10/2024 a la dependencia Federación - Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) - (FED) del órgano Federación
DescripciónSolicito a la Subdelegación Jurídica de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente informe si la PROFEPA tiene competencia y atribución para emitir sanciones respecto a que un Centro de Almacenamiento y Transformación de materias primas forestales No cuente con Licencia de Funcionamiento vigente, expedida por la autoridad municipal, en caso de una respuesta afirmativa, mencione el fundamento legal que soporta dicha competencia y atribución, además señale cuales son las sanciones aplicables y en caso de una respuesta negativa, mencione a qué autoridad le compete.Respuesta del día30/10/2024Texto de respuestaHacemos de su conocimiento que la información materia de su solicitud se encuentra descrita en la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, en donde estan contempladas las posibles sanciones que puede imponer la autoridad en materia forestal, específicamente en el artículo 156. Las atribuciones que tiene conferidas esta Procuraduría se refieren a actividades de inspección y vigilancia ambiental y se encuentran establecidas en el artículo 43 del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales por lo que le sugerimos consultarlo. Esta Procuraduría de acuerdo a lo señalado en el Título Sexto, Capítulo VII de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, se encarga de dar seguimiento a la Denuncia Popular, así como de aplicar el procedimiento de inspección y vigilancia establecido en el Título Sexto, Capítulo II de la citada Ley, por lo que le sugerimos consultarla. En este sentido, esta Procuraduría detecta o inspecciona posibles contravenciones a la normatividad AMBIENTAL, de acuerdo a la legislación aplicable Por lo tanto, de conformidad con las atribuciones que tiene conferidas esta Procuraduría, le solicitamos se sirva precisar si requiere información de procedimientos de inspección, o de denuncia popular, la materia ambiental, señalando los datos que requiere. O bien aporte mayores datos que permitan la localización de la información que requiere. Si es de su interés presentar una denuncia popular sobre el caso que refiere, puede presentarla, en los siguientes medios: • http://sirev.profepa.gob.mx:9080/Denuncias/DenunciasWeb/Denuncias.htm • denuncias@profepa.gob.mx • Teléfono: 800 PROFEPA (7763372) • En las oficinas de representación de Protección Ambiental en los estados. La denuncia popular debe reunir los requisitos señalados en el artículo 190 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, para lo cual se deberá proporcionar; nombre o razón social, domicilio, teléfono si lo tiene, del denunciante y, en su caso, de su representante legal; los actos, hechos u omisiones denunciados; los datos que permitan identificar al presunto infractor o localizar la fuente contaminante, y las pruebas que en su caso ofrezca el denunciante. Archivo adjuntoDescargarFolioFED-IP-330024424001432