Federación - Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) - (FED)

Solicitud del día 11/11/2024 a la dependencia Federación - Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) - (FED) del órgano Federación

DescripciónQuiero saber cual es la fecha y el escrito que dió resolución y permiso para la construcción del proyecto desarrollo inmobiliario mixto ciután, ubicado a un costado de Ciudad Caucel, si hubo consulta pública y si están dando seguimiento al proyecto por favor, ya que desde mi punto de vista no se están siguiendo las regulaciones del municipio Otros datoshttps://drive.google.com/file/d/1NdJzv6SmPrwgJnVtAkXRZFJQHafPVqH2/view?usp=sharing Aquí está el link de la MIA pero yo quiero saber el documento que dió resolución al proyecto que emite SEMARNAT Respuesta del día14/11/2024Texto de respuestaEsta Procuraduría no otorga concesiones permisos o autorizaciones en la materia que refiere. La autoridad competente sobre la materia es la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por lo que en vía de orientación le sugerimos acudir ante dicha instancia. Si es de su interés presentar una denuncia popular sobre el caso que refiere, puede presentarla, en los siguientes medios: • http://sirev.profepa.gob.mx:9080/Denuncias/DenunciasWeb/Denuncias.htm • denuncias@profepa.gob.mx • Teléfono: 800 PROFEPA (7763372) • En las oficinas de representación de Protección Ambiental en los estados. La denuncia popular debe reunir los requisitos señalados en el artículo 190 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, para lo cual se deberá proporcionar; nombre o razón social, domicilio, teléfono si lo tiene, del denunciante y, en su caso, de su representante legal; los actos, hechos u omisiones denunciados; los datos que permitan identificar al presunto infractor o localizar la fuente contaminante, y las pruebas que en su caso ofrezca el denunciante. Asimismo, puede solicitar se guarde el secreto respecto de su identidad, por razones de seguridad e interés particular, además, de que puede coadyuvar con esta Procuraduría aportando las pruebas, documentación e información que se estime pertinente. Es importante señalar que las atribuciones que tiene conferidas esta Procuraduría se refiere a actividades de inspección y vigilancia ambiental y se encuentran establecidas en el artículo 43 del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales por lo que le sugerimos consultarlo Esta Procuraduría de acuerdo a lo señalado en el Título Sexto, Capítulo VII de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, se encarga de dar seguimiento a la Denuncia Popular, así como de aplicar el procedimiento de inspección y vigilancia establecido en el Título Sexto, Capítulo II de la citada Ley, por lo que le sugerimos consultarla.Archivo adjuntoDescargarFolioFED-IP-330024424001516

Datos adicionales

EstatusTerminadaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadNoquejaNoRespuestaNotoria incompetenciaTipo de respuestaINCOMPETENCIAMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta10/12/2024Fecha solicitud término14/11/2024Órgano autónomo responsable, del Estado deFederaciónSector de la dependenciaPoder Ejecutivo