Federación - Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) - (FED)

Solicitud del día 22/09/2023 a la dependencia Federación - Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) - (FED) del órgano Federación

DescripciónSe adjunta en formato PDFRespuesta del día14/11/2023Texto de respuestaEn atención a su solicitud, sírvase encontrar en archivo adjunto el oficio de respuesta emitido. No se omite mencionar, que derivado de la respuesta otorgada por la Dirección General de Quejas y Conciliación, se pone a disposición 657 (Seiscientos cincuenta y siete) copias simples, previo pago de derechos por concepto de reproducción de la información, cuyo costo por cada copia simple es de $1.00 (un peso 00/100 M.N.). Una vez efectuado el pago, le sugerimos ponerse en contacto con esta Unidad de Transparencia a través del teléfono: 56256700 ext.: 12052 y 16974, en un horario de lunes a viernes de 10:00 a 15:00 y de 16:00 a 18:00 hrs., o al correo electrónico: unidaddetransparencia@profeco.gob.mx; lo anterior a efecto de poder realizar la entrega de la información. Por otra parte, durante la Quincuagésima Novena Sesión Extraordinaria del Comité de Transparencia, se clasificó como Parcialmente Confidencial la información solicitada, con fundamento en el artículo 113, fracción I, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como del numeral Trigésimo Octavo, fracción I de los Lineamientos Generales en Materia de Clasificación y Desclasificación de la Información, así como para la Elaboración de Versiones Públicas. Asimismo, toda vez que la resolución de dicha Sesión Extraordinaria se encuentra en proceso de formalización se hace de su conocimiento que una vez formalizada, podrá ser consultada en el Sistema de Portales de Obligaciones de Transparencia, accediendo a través del siguiente enlace: https://tinyurl.com/23vjjo82 De igual forma, se le hace de conocimiento que la elaboración de las versiones públicas de conformidad con los artículos 44 fracción II y 100, último párrafo, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; así como 65 fracción II y 97, párrafo tercero, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en tal virtud, los titulares de las áreas de los sujetos obligados son los responsables de clasificar la información, así como de la elaboración de las versiones públicas, por lo que es competencia exclusiva de las unidades administrativas responsables de la información. Finalmente, con fundamento en los artículos 21, fracción II, 147, y 148 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública vigente, se hace del conocimiento del solicitante que podrá interponer, por sí mismo o a través de su representante, el recurso de revisión ante el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI). Dicho medio de impugnación podrá ejercerlo optativamente por tres diversas vías: la primera, a través de la PNT en la dirección electrónica http://www.plataformadetransparencia.org.mx/, en la sección denominada “Sistema de Gestión de Medios de Impugnación”; la segunda, ante la Unidad de Transparencia de esta Procuraduría; y la tercera, ante la oficialía de partes del INAI, ello dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de la notificación de la respuesta. Sin más por el momento, reciba un cordial saludo. Atentamente Unidad de Transparencia PROFECOArchivo adjuntoDescargarFolioFED-IP-330024523000777

Datos adicionales

EstatusDesechada por falta de selección del medio de entregaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónManualprorrogaSiprevencionSidisponibilidadSiquejaNoRespuestaDisponibilidad de la informaciónTipo de respuestaFALTA DE ORIENTACION A UN TRÁMITEMedio de entregaMedio electrónico aportado por el solicitanteFecha limite de respuesta20/10/2023Fecha solicitud término14/11/2023Órgano autónomo responsable, del Estado deFederaciónSector de la dependenciaPoder Ejecutivo