Federación - Fiscalía General de la República - (FED)
Solicitud del día 29/01/2024 a la dependencia Federación - Fiscalía General de la República - (FED) del órgano Federación
Descripción¿Cuántas carpetas de investigación o averiguaciones previas por delito de tortura y/o tratos crueles, inhumanos o degradantes fueron consignadas-judicializadas en 2023? De las consignaciones-judicializaciones referidas en la pregunta anterior, ¿cuál es el número de víctimas registradas en éstas? Señalar el sexo y autoridad denunciada.Otros datosLa información solicitada no se encuentra publicada en informes de la dependencia en su portal electrónico, y tampoco se puede obtener de las estadísticas de incidencia delictiva del fuero común publicadas por el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (no se encuentra la categoría, tipo o modalidad con la desagregación solicitada). En caso de que el sujeto obligado haya publicado la información solicitada recientemente se solicita la dirección electrónica donde esta se encuentra. De acuerdo con la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o degradantes las procuradurías o fiscalías tiene la obligación y facultad de Iniciar y desarrollar la investigación y persecución de hechos delictivos relacionados con los delitos previstos en esta Ley. Por lo cual, se infiere que esta dependencia debe contar entre sus archivos con la información solicitada; toda vez que el artículo 84 y 85 de la misma Ley establece que: En el caso de las Fiscalías de las entidades federativas, éstas instrumentarán su respectivo registro considerando como mínimo datos para fines estadísticos sobre: el lugar, fecha, circunstancias, técnicas utilizadas como actos de tortura y tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes; las autoridades señaladas como posibles responsables; el estatus de las investigaciones; y, en su caso, la información referente a la Víctima, como su situación jurídica, edad, sexo, o cualquier otra condición relevante para los efectos estadísticos; por tanto, se asume que esta dependencia cuenta con la información solicitada con el nivel de desagregación que se solicita. La información solicitada no se considera reservada o clasificada, toda vez que de acuerdo con el artículo 70, fracción XXX de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; los sujetos obligados deberán poner a disposición pública las estadísticas que generen en cumplimiento de sus facultades, competencias o funciones con la mayor desagregación posible; sumado al hecho de que no se está solicitando información referente a datos personales.Respuesta del día12/03/2024Texto de respuestaSE ANEXA ARCHIVO CON FORMATO PDF, PARA ABRIRLO UTILICE EL PROGRAMA ADOBE ACROBAT READER. EN CASO DE TENER ALGÚN PROBLEMA CON EL ARCHIVO ADJUNTO FAVOR DE COMUNICARSE AL TEL.: 5346-5716 O AL CORREO ELECTRÓNICO leydetransparencia@pgr.gob.mx. O PUEDE ASISTIR DIRECTAMENTE A CALLE INSRGENTES 20, COLONIA ROMA NORTE, DELEGACION CUAUHTEMOC, CIUDAD DE MÉXICOArchivo adjuntoDescargarFolioFED-IP-330024624000236