Federación - Secretaría de Economía (SE) - (FED)

Solicitud del día 27/09/2021 a la dependencia Federación - Secretaría de Economía (SE) - (FED) del órgano Federación

DescripciónCiudad de México. a 28 de septiembre de 2021 Unidad de Transparencia de la Secretaría de Economía P R ES E N T E SALVADOR BEHAR LAVALLE, en representación de la “CAMARA NACIONAL DE LAS INDUSTRIAS AZUCARERA Y ALCOHOLERA" (CNIAA) personalidad que acredito con escritura número ciento treinta y siete mil cuatrocientos cincuenta y cuatro, de fecha nueve de abril de dos mil diecinueve, manifestando para oír y recibir notificaciones el correo electrónico sbehar@cniaa.mx y autorizando para los mismos efectos al C. JUAN FRANCISCO SÁNCHEZ ARROYO, con correo electrónico fsanchez@cniaa.mx, acudo ante la Unidad de Transparencia de la Secretaría de Economía para que con fundamento en los artículos 3, 6, 11, 12, 15, 61 fracciones II, III, X y XII de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la información Pública, se me conceda el acceso a la información pública que se encuentra en los documentos que generaron, obtuvieron, adquirieron, transformaron y conservan en sus archivos respecto de lo siguiente: En relación con el numeral 4 del Acuerdo por el que se sujeta a permiso previo la exportación de azúcar y se establece un cupo máximo para su exportación (en adelante Acuerdo), publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 5 de octubre de 2017, y modificado mediante diverso publicado en el mismo órgano de difusión oficial el 27 de diciembre de 2020, se proporcione copia simple del o los documento(s) y el archivo o archivos mediante los cuales se entregó la información, a la Dirección General de Comercio Exterior, hoy Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior, correspondiente al excedente de oferta en los meses de septiembre, diciembre, marzo y a partir de abril de manera mensual en los años 2017/2018, 2018/2019, 2019/2020 y 2020/2021. En relación con el numeral 13 del Acuerdo por el que se sujeta a permiso previo la exportación de azúcar y se establece un cupo máximo para su exportación (Acuerdo), publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 5 de octubre de 2017, y modificado mediante diverso publicado en el mismo órgano de difusión oficial el 27 de diciembre de 2020, se proporcionen los oficios, documentos y/o archivos mediante los cuales la Dirección General de Industrias Ligeras solicitó al Comité Nacional para el Desarrollo Sustentable de la Caña de Azúcar los valores correspondientes a los ajustes ordinarios del monto del cupo en los años 2017/2018, 2018/2019, 2019/2020 y 2020/2021 (actualizaciones), así como copia simple del oficio, escrito, documento y /o archivo respuesta que haya recaído a cada uno de ellos.Otros datosREGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARIA DE ECONOMIA ARTÍCULO 33.- La Dirección General de Industrias Ligeras tiene las atribuciones siguientes: I. Participar con otras unidades administrativas de la Secretaría y, en su caso, con autoridades de otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, en el diseño de la política de comercio exterior y control de exportaciones e importaciones, aplicable a los sectores industriales a que se refiere el segundo párrafo de este artículo, mediante la propuesta de reglas y criterios de carácter general, así como de los mecanismos de aplicación tanto de las medidas arancelarias y no arancelarias, como en la asignación de cupos y donaciones al Fisco Federal;Respuesta del día15/02/2022Archivo adjuntoDescargarFolioFED-IP-330025921000081

Datos adicionales

EstatusDesechada por falta de pagoTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaSiprevencionNodisponibilidadSiquejaNoRespuestaRespuesta a la entrega de información, con costoTipo de respuestaCOSTOS DE ENTREGAMedio de entregaElectrónico a través del Sistema de Solicitudes de Acceso a la Información de la PNTFecha limite de respuesta26/10/2021Fecha solicitud término15/02/2022Órgano autónomo responsable, del Estado deFederaciónSector de la dependenciaPoder Ejecutivo