Federación - Secretaría de Economía (SE) - (FED)
Solicitud del día 19/06/2023 a la dependencia Federación - Secretaría de Economía (SE) - (FED) del órgano Federación
DescripciónLos artículos 27 y 36 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental precisan que “…Los entes públicos publicarán el inventario de sus bienes a través de internet, el cual deberán actualizar, por lo menos, cada seis meses…” y “… La contabilidad deberá contener registros auxiliares que muestren los avances presupuestarios y contables, que permitan realizar … el análisis de los saldos contenidos en sus estados financieros…”, en ese sentido se solicita lo siguiente: 1.- En caso de que la Dependencia cuente con un sistema de administración de bienes muebles e inmuebles (control de inventarios) indicar el nombre y si es propiedad del Gobierno Federal, o se cuenta con Licencia de operación. 2.- En caso de que se cuente con Licencia indicar el proveedor y los términos de la licencia. 3.- En caso de contar con la propiedad del software indicar si se encuentra registrado ante el IMPI, que tipo de marca y vigencia; en caso de contar con registro de derechos de autor, indicar que tipo de derecho y la vigencia; asimismo indicar se esta marca o derecho se encuentra registrada contablemente. 4.- Proporcionar el Manual de Operación del Sistema que administra los bienes muebles e inmuebles de la dependencia en formato PDF o bien Describir de manera general insumos, procesos y salidas del sistema; así como los requerimientos de TIC´s para su funcionamiento. 5.- Proporcionar liga en la que se visualice el cumplimiento de la publicación del inventario en la página de internet de la dependencia con corte al 31 de diciembre de 2023, y la conciliación de los inventarios al 31 de diciembre de 2023 en formato PDF, que precisa el artículo 27 de la LGCG. 6.- Considera que el Gobierno Federal como Ente Público Poder Ejecutivo Federal debe contar con un “Sistema Único de Administración de Bienes Muebles e Inmuebles de la Federación” en el que las Dependencias deban gestionar la administración de los bienes muebles e inmuebles? 7.- Precisar si el valor de los bienes muebles e inmuebles de la Dependencia se encuentran expresados razonablemente en la información financiera de la Dependencia, la cual se integra a los Estados Financieros del Ente Público Poder Ejecutivo Federal; Proporcionar Balanza de Comprobación del Ramo con corte al 31 de diciembre de 2023. 8.- La Unidad Responsable de la Dependencia, encargada de operar el sistema contable, ¿que utiliza para realizar el registro auxiliar de los bienes muebles e inmuebles de la Dependencia, que le permita generar la conciliación que precisa el artículo 27 de la LGCG? 9.- El Centro Contable Único del Ente Público Poder ejecutivo Federal, encargado del sistema contable, ¿que pone a disposición de los Centros de Registro para realizar el registro auxiliar de los bienes muebles e inmuebles del Ente Público, que permita generar la conciliación que precisa el artículo 27 de la LGCG? Respuesta del día20/07/2023Texto de respuestaSe adjunta oficio de respuesta mediante el cual se pone a disposición la informaciónArchivo adjuntoDescargarFolioFED-IP-330025923001103