Federación - Secretaría de Educación Pública (SEP) - (FED)
Solicitud del día 04/11/2024 a la dependencia Federación - Secretaría de Educación Pública (SEP) - (FED) del órgano Federación
DescripciónCon fundamento en el artículo 8 Constitucional y derivado de la respuesta del SNTE que a la letra dice: "En el caso que nos ocupa, su constitución como Sindicato Nacional nace del apartado B, del artículo 123 Constitucional, correspondiendo fijar las Condiciones Generales de Trabajo y su depósito es a la Secretaría de Educación Pública –en su calidad de patrón-, dependencia del Poder Ejecutivo Federal, lo anterior de acuerdo al artículo 87 y 90 de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, Reglamentaria del Apartado B) del Artículo 123 Constitucional, que a la letra dice: “Artículo 87.- Las Condiciones Generales de Trabajo se fijarán por el Titular de la Dependencia respectiva, tomando en cuenta la opinión del Sindicato correspondiente a solicitud de éste, se revisarán cada tres años. Artículo 90.- Las condiciones generales de trabajo surtirán efectos a partir de la fecha de su depósito en el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje.” En ese sentido, reitero mi petición en que se me proporcionen en medio digital, impreso o electrónico, las CGT las revisadas cada tres años y las vigentes o últimas. Lo anterior, con fines personales y académicos.Otros datosReiteración de solicitudRespuesta del día15/11/2024Texto de respuestaSE DA RESPUESTAArchivo adjuntoDescargarFolioFED-IP-330026024004430