Federación - Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) - (FED)

Solicitud del día 25/07/2023 a la dependencia Federación - Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) - (FED) del órgano Federación

DescripciónSe solicita: 1. ¿Qué autoridad contrató o confirió a Seguros Azteca S.A. de C.V., el servicio de aseguramiento del seguro de vida institucional, para el ejercicio fiscal, 2021? 2. Copia certificada de los Lineamientos para el seguro voluntario colectivo de vida de los jubilados y pensionados de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, emitido mediante oficio circular número 307-A.-0990, por la Subsecretaría de Egresos de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. 3. Indicar cuál es el número de contrato y cuál es el número de póliza relacionada con el seguro de vida institucional, para el ejercicio fiscal, 2021, contratado con Seguros Azteca S.A. de C.V. 4. Copia certificada del Contrato y pólizas relacionadas con el seguro de vida institucional, para el ejercicio fiscal, 2021, contratado con Seguros Azteca S.A. de C.V. 5. Copia certificada del formato denominado “Hoja de Designación de Beneficiarios del Seguro de Vida Institucional. 6. ¿Cuáles son los pasos a seguir por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para ejecutar el pago del seguro de vida institucional citado? 7. ¿Qué pasa si los trabajadores de la Administración Pública Federal y/o el Gobierno de la Ciudad de México, no logran designar beneficiarios del seguro de vida institucional, pero tienen cónyuge y descendientes, es posible que los mismos puedan ser beneficiarios del citado seguro? En su caso, cómo podrían dichas personas cobrar el monto correspondiente a dicho seguro? 8. ¿Qué pasa si las dependencias de la Administración Pública Federal y/o el Gobierno de la Ciudad de México, no otorgaron a los trabajadores o pensionados (cubiertos bajo el citado seguro de vida institucional), la certificación del formato denominado “hoja de designación de beneficiarios del seguro de vida institucional” y la citada dependencia o gobierno, no tienen registrado ningún beneficiario? 9.¿Qué pasos y requisitos deben seguir o cubrir los cónyuges y/o familiares en primer grado, para cobrar la suma asegurada del citado seguro de vida institucional?Otros datosTal vez la información sea competencia de la Subsecretaría de Egresos de la SHCP.Respuesta del día09/08/2023Texto de respuestaEn atención a la solicitud de información, se adjunta la respuesta otorgada por la unidad administrativa. Asimismo, con fundamento en el artículo 136 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública se hace de su conocimiento la información en la modalidad puesta a disposición por dicha Unidad Administrativa, para que en caso de que usted considere conveniente obtenerla, genere su orden de pago en la Plataforma Nacional de Transparencia y envíe su comprobante de pago a la Unidad de Transparencia mediante los correos electrónicos unidadtransparencia@hacienda.gob.mx y adan_altamirano@hacienda.gob.mx, a efecto de que una vez cubierto el costo por su reproducción le sea entregada en los términos que señala el artículo 138 de la citada Ley, o bien, si así lo prefiere opte por otra forma de entrega señalada en la respuesta que atiende el folio que nos ocupa. Modalidad Costo Copia certificada $22.00 c/u Más costos de envío por correo certificado. Además, se podrá remitir al domicilio que señale, con un costo adicional por el envío o podrá recoger la documentación en la Unidad de Transparencia de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Unidad de Transparencia: Palacio Nacional s/n, Planta Baja, Puerta Moneda, Oficina de Registro de Visitantes, Colonia Centro, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad de México, C.P. 06000. Teléfono: 55 3688 5821 Conforme lo dispone el artículo 3, fracción XV de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, como lo refiere en su artículo 7, el particular podrá interponer, dentro de los quince días siguientes a la fecha de notificación de la presente resolución por sí o a través de su representante, el recurso de revisión previsto en los artículos 147 y 148 de la citada Ley, ante el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, sito en Avenida Insurgentes Sur No, 3211, Colonia Insurgentes Cuicuilco, Alcaldía Coyoacán, en esta Ciudad de México o ante la Unidad de Transparencia de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. El formato y forma de presentación del medio de impugnación, podrá obtenerlos en la página de Internet del mencionado Instituto, en la dirección electrónica www.inai.org.mxArchivo adjuntoDescargarFolioFED-IP-330026323002114

Datos adicionales

EstatusDesechada por falta de selección del medio de entregaTipo solicitudInformación públicaMedio de presentaciónElectrónicaprorrogaNoprevencionNodisponibilidadSiquejaNoRespuestaDisponibilidad de la informaciónTipo de respuestaFALTA DE ORIENTACION A UN TRÁMITEMedio de entregaCopia certificadaFecha limite de respuesta28/08/2023Fecha solicitud término09/08/2023Órgano autónomo responsable, del Estado deFederaciónSector de la dependenciaPoder Ejecutivo