Federación - Senado de la República - (FED)
Solicitud del día 16/10/2024 a la dependencia Federación - Senado de la República - (FED) del órgano Federación
DescripciónQuisiera saber cuáles fueron las medidas disciplinarias que tuvieron ante la Lic. María Fernanda Guerrero, subdirectora del área de personal en la dirección general de recursos humanos, sobre el continuo acoso hacia los trabajadores adscritos bajo su mando, así como del personal en general dentro del Senado de la República, siendo que se tiene conocimiento de diversas quejas presentadas ante la unidad de relaciones laborales, dirigida por la Mtra. Ruth Berrones; cabe hacer mención que muchas de las quejas fueron presentadas de forma verbal en la oficina de la titular de la unidad e relaciones laborales, sin tener un argumento escrito que sustente dicha queja, ya que según las indicaciones eran no presentar un oficio ante la dirección de recursos humanos, de tal modo que la titular de relaciones laborales pudiera “frenar, minimizar o desaparecer dicha queja o antecedentes”.Respuesta del día12/11/2024Texto de respuestaApreciable solicitante: En atención a su solicitud recibida en la Plataforma Nacional de Transparencia (PNT) con número de folio 330030324001184 y conforme a lo dispuesto en los artículos 1, y 6, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 45, fracciones II, III, IV y V, y 131, de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información, así como 61, fracciones II, III, IV y V, y 133, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se adjunta PDF con la respuesta correspondiente. Dicho lo anterior, se pone a su disposición el teléfono 53453000, extensiones 4304 y, 4840 o bien en avenida Paseo de la Reforma 135, oficina 14, planta baja del Hemiciclo Tabacalera, Alcaldía Cuauhtémoc, código postal 06030, Ciudad de México, donde con gusto le podemos orientar en la formulación de cualquier otra solicitud de información relacionada con este Senado de la República. Finalmente, con fundamento en los artículos 146, y 147, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se le hace saber que, dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de notificación de la presente respuesta, podrá interponer recurso de revisión ante el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales o ante esta Unidad de Transparencia. Atentamente Coordinación General de la Unidad de Transparencia Archivo adjuntoDescargarFolioFED-IP-330030324001184