Federación - Sindicato Nacional de Trabajadores de la Secretaría de Salud (SNTSA) - (FED)
Solicitud del día 17/10/2024 a la dependencia Federación - Sindicato Nacional de Trabajadores de la Secretaría de Salud (SNTSA) - (FED) del órgano Federación
DescripciónC. juan francisco Ocaña torres secretario general de la sección 8Toda la información en posesión de cualquier autoridad, entidad, órgano y organismo de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, órganos autónomos, partidos políticos, fideicomisos y fondos públicos, así como de cualquier persona física, moral o sindicato que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad en el ámbito federal, estatal y municipal, es pública y sólo podrá ser reservada temporalmente por razones de interés público y seguridad nacional, en los términos que fijen las leyes. En la interpretación de este derecho deberá prevalecer el principio de máxima publicidad. LOS SUJETOS OBLIGADOS DEBERÁN DOCUMENTAR TODO ACTO QUE DERIVE DEL EJERCICIO DE SUS FACULTADES, COMPETENCIAS O FUNCIONES, Para los efectos de la presente Ley se entenderá por: Los expedientes, reportes, estudios, actas, resoluciones, oficios, correspondencia, acuerdos, directivas, directrices, circulares, contratos, convenios, instructivos, notas, memorandos, estadísticas o bien, cualquier otro registro que documente el ejercicio de las facultades, funciones y competencias de los sujetos obligados, sus Servidores Públicos e integrantes, sin importar su fuente o fecha de elaboración. Los documentos podrán estar en cualquier medio, sea escrito, impreso, sonoro, visual, electrónico, informático u holográfico A continuación, y para evitar corrupción, y con apego a los decretos, normas, leyes, solicito lo siguiente: C. JUAN FRANCISCO OCAÑA TORRES. secretario general de la sección sindical 8 del SNTSA ; En el Estatuto del SNTSA, menciona que, uno de los instrumentos jurídicos fundamentales de la organización sindical, que le permite pugnar por el mejoramiento de las condiciones sociales, económicas, culturales, profesionales y, por supuesto, laborales de sus afiliados. Apegados a este principio me puede contestar, lo que a continuación se le pregunta: Artículo 72, del estatuto del SNTSA, menciona sobre las asambleas que se deben celebrar cada seis meses, apoyado en este artículo pregunto; Cual es la razón debidamente fundamentada porque no ha celebrado dichas asambleas en los más de 18 años de su gestión sindical como representante y si me equivoco me puede hacer el favor de entregarme: 1.- El documento en copia de conocimiento que entrega al CEN donde documenta que realiza las asambleas cada seis meses como lo marca el STATUTO del SNTSA debidamente firmada y requisita da por su comité, desde el comienzo de su gestión sindical. 2,- El documento en copia de la minuta de los últimos cinco años que contenga, el número de asistentes pertenecientes a la sección 8 que participan libremente en las asambleas que convoca y donde se mencionan las resoluciones y acuerdos generales a los que llegaron en beneficio de los agremiados a esta sección de acuerdo al 72 del STATUTO del SNTSA. 3.- El documento en copia de la minuta, de los últimos cinco años, donde hace de conocimiento a los agremiados de la sección 8 de la problemática general, que se ha presentado en la DGCES como es lo de las plazas vacantes (por jubilación, defunción, cambio de adscripción, nueva creación, etc.) tanto administrativas como médicas, y asuntos generales, debido a que el art 102 del STATUTO del SNTSA menciona que, son obligaciones y facultades de la Secretaría de Ajustes y Escalafón, tener conocimiento del movimiento de personal, y basándose en lo antes mencionado solicito la copia que entregó a la secretaria en comento donde hace mención de lo anteriormente realizado. 4.-El documento en copia de los últimos 5 años, donde le hace llegar a la secretaria de finanzas del SNTSA sobre los recursos monetarios por concepto de cuotas sindicales con el correspondiente balance detallado sobre el manejo de los fondos. 5.-El documento en copia, de los últimos cinco años, donde le hace de conocimiento a la secretaria de becas, a que trabajadores de esta sección son los que obtuvieron las becas normales y becas de excelencia, Otros datosAv. Dr. Río de la Loza 220, Doctores, Cuauhtémoc, 06720 Ciudad de México, CDMX SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA SECRETARIA DE SALUD, direcciónRespuesta del día01/11/2024Texto de respuestaSe adjunta contestación al Folio INAI 330042024000098.Archivo adjuntoDescargarFolioFED-IP-330042024000098