Federación - SHCP-La transferencia del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo (TFMP) - (FED)
Solicitud del día 16/07/2024 a la dependencia Federación - SHCP-La transferencia del Fondo Mexicano del Petróleo para la Estabilización y el Desarrollo (TFMP) - (FED) del órgano Federación
Descripción1.- Información acerca del padrón de notarios con el cual trabajan. (lista de notarias) 2.- Procedimiento para ingresar a su padrón de notarios. 3.- Tipo de tramites que realizan en Jalisco. 4. Cual es el proceso de elección de notario y todo documento oficial que lo fundamente 5.- Listado de todos los tramites notariales llevados a cabo por su institución y notarios públicos del estado de Jalisco en los últimos 5 años al día de hoy, en donde se desprenda el tramite realizado, honorarios pagados al notario, y todo tipo de comunicación oficial que se hizo entre la institución y la notaria publica correspondiente. 6.- Todo documento publico a través del cual se desprenda claramente el proceso y requisitos para que un notario publico pueda ingresar al padrón de proveedores o padrón de notarias publicas de su institución 7.- Todo documento publico a través del cual se desprenda claramente el proceso y requisitos para que un notario publico pueda ser elegido para llevar a cabo cualquier tipo de tramite necesario.Respuesta del día18/07/2024Texto de respuestaEn términos del artículo 131 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública (Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de mayo de 2016), Vigésimo Tercero de los Lineamientos que establecen los procedimientos internos de atención a solicitudes de acceso a la Información pública (Publicados en el Diario Oficial de la Federación el 12 de febrero de 2016), se hace de su conocimiento que la información solicitada no es de competencia de este sujeto obligado. Se adjunta respuesta. Conforme lo dispone el artículo 3, fracción XV de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, de aplicación supletoria a la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, como lo refiere en su artículo 7, el particular podrá interponer, dentro de los quince días siguientes a la fecha de notificación de la presente resolución por sí o a través de su representante, el recurso de revisión previsto en los artículos 147 y 148 de la citada Ley, ante el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, sito en Avenida Insurgentes Sur No, 3211, Colonia Insurgentes Cuicuilco, Alcaldía Coyoacán, en esta Ciudad de México o ante la Unidad de Transparencia de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. El formato y forma de presentación del medio de impugnación, podrá obtenerlos en la página de Internet del mencionado Instituto, en la dirección electrónica www.inai.org.mxArchivo adjuntoDescargarFolioFED-IP-331014024000048