Federación - Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana - (FED)
Solicitud del día 05/11/2024 a la dependencia Federación - Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana - (FED) del órgano Federación
DescripciónSolicito del Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, en su calidad de presidente de la Conferencia Nacional del Sistema Penitenciario, la versión digitalizada de los protocolos previstos por el artículo 33 de la Ley Nacional de Ejecución Penal, en las siguientes materias: I. De protección civil. II. De ingreso, egreso y de las medidas necesarias para poner a la persona en libertad inmediata cuando la autoridad judicial así lo disponga y no exista otra causa para mantener a la persona privada de la libertad. III. De capacitación en materia de derechos humanos para el personal del Centro. IV. De uso de la fuerza. V. De manejo de motines, evasiones, incidencias, lesiones, muertes en custodia o de cualquier otra alteración del orden interno. VI. De revisiones a visitantes y otras personas que ingresen a los Centros asegurando el respeto a la dignidad humana y la incorporación transversal de la perspectiva de género; VII. De revisión de la población del Centro. VIII. De revisión del personal. IX. De resguardo de personas privadas de la libertad en situación de especial vulnerabilidad. X. De la ejecución de la sanción de aislamiento temporal. XI. De cadena de custodia de objetos relacionados con una probable causa penal o procedimiento de responsabilidad administrativa. XII. De trato respecto del procedimiento para su ingreso, permanencia o egreso temporal o definitivo el centro correspondiente de las hijas e hijos que vivan en los Centros con sus madres privadas de la libertad. XIII. De clasificación de áreas. XIV. De visitas y entrevistas con las personas defensoras. XV. De actuación en casos que involucren personas indígenas privadas de la libertad. XVI. Del tratamiento de adicciones. Adicionalmente: XVII. De comunicación con los servicios consulares en el caso de personas privadas de la libertad extranjeras. Adicionalmente: XVIII. De trabajo social; XIX. De prevención de agresiones sexuales y de suicidios; XX. De traslados; XXI. De solicitud de audiencias, presentación de quejas y formulación de demandas; XXII. De notificaciones, citatorios y práctica de diligencias judiciales, y XXIII. De urgencias médicas y traslado a hospitales. Respuesta del día07/11/2024Texto de respuestaDe conformidad con lo dispuesto por los artículos 136 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 131 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se anexa al presente la respuesta a su solicitud de información.Archivo adjuntoDescargarFolioFED-IP-332069824001810