Federación - SICT-Fondo Nacional de Seguridad para Cruces Viales Ferroviarios - (FED)
Solicitud del día 15/04/2023 a la dependencia Federación - SICT-Fondo Nacional de Seguridad para Cruces Viales Ferroviarios - (FED) del órgano Federación
DescripciónPLANOS DE LA CONSTRUCCION DE LA VIA DE FERROCARRILES DE CCAMPECHE A CALKINI VIA ANCOSTA 0-914 , SECCION CAMPECHE A TENABO Y LAS AFECTACIONES A LAS PROPIEDADES OROTAVA , YALSI, RIO VERDE, YAXCAB, CABE MENCIONAR QUE EN UNA SOLICITUD HECHA A SCT MECIONARON QUE LA DIRECCION (DGAF), ES QUINE TIENE DICHA INFORMACIONOtros datosSOLICITARLO A LA DIRECCION GENERAL FERROVIARIO (DGAF) QUE NO SE ENCUENTRA ENLISTADO EN EL INAIRespuesta del día19/04/2023Texto de respuestaApreciable Persona solicitante En atención a su solicitud de información, y con fundamento en el artículo 131 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, hago de su conocimiento que el sujeto obligado que podría ser competente para conocer de lo solicitado es la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), a través de la Dirección General de Desarrollo Ferroviario y Multimodal por lo que se sugiere dirigir su solicitud de información ante su Unidad de Transparencia. https://www.plataformadetransparencia.org.mx/web/guest/inicio https://consultapublicamx.inai.org.mx/vut-web/faces/view/consultaPublica.xhtml#inicio Lo anterior es así, toda vez que, la SICT tiene a su cargo el desempeño de las atribuciones y facultades que le confieren la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y otras leyes, así como los reglamentos, decretos, acuerdos y órdenes del Presidente de la República, para ello se auxilia de las unidades administrativas que le corresponde adscribir orgánicamente. De igual forma para dar cumplimiento a su misión y visión que es el promover sistemas de transporte y comunicaciones seguros, eficientes y competitivos, mediante el fortalecimiento del marco jurídico, la definición de políticas públicas, el diseño de estrategias que contribuyan al crecimiento sostenido de la economía y el desarrollo social equilibrado del país, ampliando la cobertura y accesibilidad de los servicios, y garantizar al país una infraestructura de comunicaciones y transportes moderna y suficiente, que promueva la prestación de servicios de calidad y competitivos, que responda a las expectativas de la ciudadanía y a las tendencias de la globalización, contribuyendo con ello al desarrollo sustentable del país, preservando el medio ambiente y la seguridad. https://www.gob.mx/sct/que-hacemos http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf_mov/Ley_Organica_de_la_Administracion_Publica.pdf A través de la Dirección General de Desarrollo Ferroviario y Multimodal, otorga, modifica o revoca los permisos y autorizaciones para operar el transporte multimodal, y para prestar el servicio de maniobras en zonas federales terrestres ferroviarias, así como, en materia ferroviaria, entre otros, respecto de la prestación de los servicios auxiliares, la construcción de accesos, cruzamientos, puentes, instalación de anuncios, así como cualquier otra clase de obras e instalaciones subterráneas, superficiales o aéreas en el derecho de vía de las vías generales de comunicación ferroviaria; y aprobar los proyectos ejecutivos correspondiente. Asimismo, tramita las peticiones relativas a otorgamiento de concesiones y asignaciones para la construcción, operación y explotación de vías generales de comunicación ferroviaria y la prestación del servicio público de transporte ferroviario, así como su prórroga, modificación, nulidad o terminación y adoptar, cuando proceda, las medidas provisionales conducentes en coordinación con los Centros SICT y, en su caso, las licitaciones públicas correspondientes. Finalmente, le informo que, en caso de no estar conforme con la respuesta proporcionada, usted podrá interponer ante el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de la notificación, el recurso de revisión previsto en los artículos 142 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 147 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información. El medio de impugnación podrá ejercerlo, vía Plataforma Nacional de Transparencia, en la dirección electrónica: http://www.plataformadetransparencia.org.mx, en la sección denominada Quejas de Respuestas. Estamos para servirle, reciba un cordial saludo. Atentamente Unidad de TransparenciaArchivo adjuntoDescargarFolioFED-IP-332541823000013